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¿Conoces el formato único de la copia certificada del acta de nacimiento?

La Secretaría de Gobernación, en coordinación con el Consejo Nacional de Funcionarios del Registro Civil (CONAFREC), órgano técnico y operativo de coordinación de todos los Registros Civiles de nuestro país y la Secretaría de Relaciones Exteriores, implementaron en el año 2016, un formato único para la expedición y certificación de las actas de nacimiento, el cual homologa el diseño, características y contenido de este documento en todo el país. El formato único de la copia certificada del acta de nacimiento es un documento de fácil lectura y limpio en su diseño, que contiene los datos de registro y de la identidad jurídica de cada persona, así como sus datos de filiación, combinando medidas de seguridad físicas y electrónicas para evitar su alteración, modificación o falsificación y con ello, combatir la suplantación de identidad. Una característica que hace de este formato un documento digital es que puede ser consultado, impreso y validado a través de internet, lo que garantiza su confiabilidad, seguridad y certeza, con elementos como: el código QR, la cadena digital o el folio.

La copia certificada del acta de nacimiento emitida en este formato único, impreso desde internet en hoja blanca tamaño carta, tiene la misma validez que las que se expiden en las oficialías y juzgados del Registro Civil del país en papel valorado para realizar cualquier trámite, como un medio adicional para que obtengas este documento sin importar el lugar o la hora en que desees tramitarlo.

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¿Qué hago si mi acta no está incorporada en la Base de Datos Nacional del Registro Civil?

Si al ingresar tus datos personales correctamente en el apartado de búsqueda de acta no aparecen los resultados solicitados, es posible que tu acta aún no se encuentre incorporada en la Base de Datos Nacional del Registro Civil, por lo que deberás: 

1.- Enviar un correo electrónico a la persona enlace de atención de la entidad federativa donde se llevó a cabo el registro, colocando en el asunto del correo “Solicitud de incorporación de acta” y adjuntar lo siguiente:

  • Imagen escaneada del acta de nacimiento.
  • Imagen escaneada de la CURP.

¡Importante!

  • Ambas imágenes en formato .PDF
  • Las imágenes no deben tener tachaduras ni enmendaduras.
  • No enviar fotografías, debido a que la información se distorsiona.

Asimismo, en el cuerpo del correo deberás proporcionar los siguientes datos:

  • Escribir la CURP
  • Nombre completo (nombre(s), primer apellido, segundo apellido
  • Sexo (femenino/masculino/No binario)
  • Fecha de nacimiento
  • Entidad de registro
  • Municipio de registro
  • Oficialía/Juzgado de registro
  • Número de acta
  • Número de libro

2.- Consulta en la siguiente liga de internet el Directorio de Enlaces de Atención del Sistema de Impresión de Actas Interestatales (SIDEA), quienes se encargan de incorporar las actas a la Base de Datos Nacional del Registro Civil.

Ingresa aquí

Te recordamos que el tiempo de incorporación de tu acta depende del Registro Civil de la entidad federativa donde te registraron, por lo que dichos tiempos pueden ser variados.

En caso de que el registro solicitado tenga alguna inconsistencia en la información al revisarse el libro registral, el Registro Civil te indicará el procedimiento a seguir de acuerdo a lo establecido en la normatividad en la entidad federativa.

3.- Para dar seguimiento a tu solicitud puedes llamar a los teléfonos o acudir personalmente a la Dirección del Registro Civil que aparece en el directorio mencionado en el punto anterior.

¿Qué hago si los datos de mi acta incorporados en la Base de Datos Nacional del Registro Civil no son correctos?

Los Registros Civiles de las 32 entidades federativas son las instituciones encargadas de incorporar las actas a la Base de Datos Nacional del Registro Civil, si tu acta presenta alguna inconsistencia en dicha base, y la requieres corregir, deberás: 
 
1.- Enviar un correo a la persona enlace de atención en la entidad federativa donde se llevó a cabo el registro, colocando en el asunto del correo “Solicitud de corrección de acta” y adjuntar lo siguiente:

  • Imagen escaneada del acta de nacimiento.
  • Imagen escaneada de la CURP. 

¡Importante! 

  • Ambas imágenes en formato .PDF
  • Las imágenes no deben tener tachaduras ni enmendaduras.
  • No enviar fotografías, debido a que la información se distorsiona.

Asimismo, en el cuerpo del correo deberás proporcionar los siguientes datos:

  • Escribir la CURP
  • Nombre completo (nombre(s), primer apellido, segundo apellido
  • Sexo (femenino/masculino/No binario)
  • Fecha de nacimiento
  • Entidad de registro
  • Municipio de registro
  • Oficialía/Juzgado de registro
  • Número de acta
  • Número de libro
  • Breve descripción de la corrección requerida.

2.- Consulta en la siguiente liga de internet el Directorio de las personas enlaces de corrección de acta en los Registros Civiles, quienes se encargan de informar si la corrección requerida se puede llevar a cabo, o bien, indicar el procedimiento a seguir de acuerdo a lo establecido en la normatividad en la entidad federativa. 

Ingresa aquí

Te informamos que, para el trámite de corrección de acta, el tiempo depende del Registro Civil de la entidad federativa donde fuiste registrado, por lo que dichos tiempos pueden ser variados.

3.- Para dar seguimiento a tu solicitud puedes llamar a los teléfonos o acudir personalmente a la Dirección del Registro Civil que aparece en el directorio mencionado en el punto anterior.

¿Qué documentos necesito para tramitar copia certificada de mi acta de nacimiento en el portal https://www.gob.mx/ActaNacimiento/?

Sólo necesitas tener a la mano tu CURP o tus datos registrales asentados en tu acta de nacimiento.

¡Importante!

  • Para poder realizar la consulta, es necesario que conozcas al menos uno de los datos de filiación asentados en el acta de nacimiento solicitada. 
  • En caso de que tu acta no cuente con datos de filiación, deberás colocar la palabra “ninguno” en los espacios solicitados en los campos: nombre(s) y primer apellido.

¿Tiene algún costo tramitar la copia certificada de mi acta de nacimiento?

La consulta es gratuita. El costo de obtenerla se especifica en la Ley de Ingresos de cada entidad federativa para el ejercicio fiscal correspondiente. Los costos son públicos y los puedes consultar en la siguiente página. Ingresa aquí

Si fui registrado en una entidad federativa, pero radico o me encuentro en otra entidad federativa ¿qué costo debo cubrir?

El costo para obtener la copia certificada de tu acta de nacimiento será el que establezca la entidad federativa en la que fuiste registrado sin importar el lugar en que te encuentres. Los costos son públicos y los puedes consultar en la siguiente página. Ingresa aquí

¿Qué debo hacer para realizar mi pago en línea?

El pago en línea se realiza a través de un motor de pagos con cargo a una tarjeta de crédito o débito (VISA o MASTERCARD).

Una vez realizado el pago en línea, puedes descargar tu acta de nacimiento en cualquier momento. No hay un tiempo límite para descargar cuando el pago es exitoso, sin embargo, al descargar por primera vez la copia certificada de tu acta, tienes un plazo máximo de 24 horas en el que puedes volver a descargar dicho documento. Finalizado este plazo, en caso de que nuevamente requieras tu acta, tendrás que volver a realizar el pago correspondiente.

¡Importante!

  • Es indispensable conservar el folio de seguimiento para descargar el acta o para hacer cualquier aclaración.
  • Al dar clic al botón "descargar acta" el archivo deberá visualizarse en tu pantalla y se guardará en la carpeta de descargas.

¿Qué debo hacer para realizar mi pago referenciado?

El pago referenciado se realiza a través de un formato de pago de la entidad federativa correspondiente a tu solicitud, donde se especificará en qué instituciones bancarias, tiendas de autoservicio o de conveniencia puedes realizar el pago, hecho el pago ingresa con tu folio de seguimiento en la siguiente página de internet: Ingresa aquí.

Una vez realizado el pago referenciado, y posterior al tiempo necesario recomendado (72 horas), puedes descargar tu acta de nacimiento en cualquier momento. No hay un tiempo límite para descargar cuando el pago es exitoso, sin embargo, al descargar por primera vez la copia certificada de tu acta, tienes un plazo máximo de 24 horas en el que puedes volver a descargar dicho documento. Finalizado este plazo, en caso de que nuevamente requieras tu acta, tendrás que volver a realizar el pago correspondiente.
 
¡Importante!

  • Es indispensable conservar el folio de seguimiento para descargar el acta o para hacer cualquier aclaración.
  • Al dar clic al botón "descargar acta" el archivo deberá visualizarse en tu pantalla y se guardará en la carpeta de descargas.
  • En caso de perder el formato de pago referenciado, será necesario entrar a realizar tu trámite nuevamente para generar un nuevo formato de pago referenciado.

¿Qué hago si hice mi pago en línea, pero no se descargó mi acta de nacimiento?

Cuando se realiza el pago de un acta de nacimiento con tarjeta de crédito o débito, es posible que existan problemas de conexión entre tu ordenador, el gestor de cobros y la actualización de tu folio de seguimiento, si al momento de ingresar los datos de tu tarjeta y dar clic en pagar notaste que se te hizo el cobro, pero el portal te arrojó el mensaje ¡Pago Rechazado! Ingresa aquí y sigue los pasos para que podamos ayudarte.

¿Qué debo hacer si mi pago con formato referenciado aún no se ve reflejado?

Cuando se realiza un pago a través de formato referenciado en una tienda de conveniencia o banco, el procesamiento del pago puede tardar entre 1 a 72 horas hábiles dependiendo de los tiempos que tarda en hacer corte la entidad financiera, por lo que te recomendamos verificar periódicamente tu folio de seguimiento con el fin de validar que el pago se vea reflejado.

Para el caso del estado de Puebla, una vez generado el formato de pago referenciado podrás realizar el pago en línea escaneando el código QR o dando clic a la liga ahí descrita, y de esta forma descargar tu acta de nacimiento de manera inmediata.

Si ya transcurrieron las 72 horas hábiles y sigues sin poder descargar tu acta de nacimiento, ingresa aquí y sigue los pasos para que podamos ayudarte.

¿Tengo que acudir a algún lugar para recoger la copia certificada de mi acta de nacimiento?

No, la entrega de la copia certificada del acta de nacimiento se realiza a través de la siguiente dirección electrónica www.gob.mx/ActaNacimiento/ mediante un archivo PDF, sin importar si tu pago fue en línea o referenciado.

¿Cómo puedo validar la copia certificada del acta de nacimiento?

Existen dos formas para validar la copia certificada del acta de nacimiento.

Primera forma: Portal de Internet

1.- Ingresa aquí

2.- Captura el número del identificador electrónico y el código de verificación

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3.- Coteja la información

Si así lo deseas, podrás imprimir la información que hayas cotejado. Esta impresión será la constancia que acredite que has verificado la información de la copia certificada del acta de nacimiento y que los datos contenidos corresponden a la información que obra en la Base de Datos Nacional de Registro Civil a cargo de la Secretaría de Gobernación.

Segunda forma: Código QR

El código QR puede ser leído a través de dispositivos electrónicos, por ejemplo, mediante una aplicación lectora de QR en tu teléfono celular, una pistola lectora de código QR, entre otros.

El código QR contiene la siguiente información:

Tomo:XX|Libro:XX|Foja:XX|Acta:XXX|Entidad:XX|Municipio:XXX|CURP:XXX(18posiciones)|Registrado:XXXXXX|Padre1:XXXXX|Padre2:XXXXX|FechaNacimiento:DD/MM/AAAA|Sexo:X|Cadena:XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX|FechaImpresión:DD/MM/AAAA|UsuarioSolicito:XXXX|EntidadSolicito:XXX|CodigoVerificación:XXXXXXXXX

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Todas las actas impresas a través del portal www.gob.mx/ActaNacimiento/ deben ser totalmente coincidentes con las que se verifiquen en el mismo portal.

¿La copia certificada del acta de nacimiento emitida en el portal https://www.gob.mx/ActaNacimiento/ debe ser aceptada y validada por cualquier institución pública o privada?

Sí, en cualquier institución pública o privada se debe aceptar y validar la copia certificada emitida en el portal de actas de nacimiento. La copia certificada del acta de nacimiento impresa por medios electrónicos en hoja blanca tamaño carta o la que se expida en papel seguridad a través de las oficialías y juzgados del Registro Civil en el formato único, tienen la misma validez jurídica, debido a que dichos documentos se expiden por la autoridad competente, dando cumplimiento a la normatividad en la materia y  a los convenios de coordinación y colaboración para implementar la consulta e impresión de actas de los hechos y actos del estado civil de las personas en línea, suscritos entre la Secretaría de Gobernación, las 32 entidades federativas del país y la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Para asegurar la confiabilidad y certeza de la copia certificada del acta que sea presentada por la población para realizar cualquier trámite de manera física, se pone a disposición un mecanismo para validar su contenido ingresa aquí y asegurar que el acta de nacimiento fue expedida a través del portal https://www.gob.mx/ActaNacimiento/

En caso de que el acta de nacimiento impresa por medios electrónicos con datos correctos sea rechazada sin motivo justificado, se sugiere ponerse en contacto con la Contraloría estatal u oficina equivalente de la entidad federativa en la que no aceptaron el acta de nacimiento para que revisen lo procedente de acuerdo con su marco normativo.

¿Los mexicanos nacidos en el extranjero que hayan sido registrados en México, pueden obtener su acta de nacimiento por internet a través del portal de actas de nacimiento?

Sí, las actas de nacimiento de personas mexicanas que estén asentadas en los Registros Civiles del país y que estén incorporadas en la Base de Datos Nacional del Registro Civil, podrán consultarse e imprimirse por internet desde cualquier lugar donde te encuentres en el portal https://www.gob.mx/ActaNacimiento/

¿Requieres utilizar tu acta de nacimiento para realizar algún trámite ante una autoridad extranjera que opera dentro o fuera del territorio nacional?

Necesitas apostillar tu acta de nacimiento, para esto, es necesario que te dirijas a la Secretaría de Gobierno de tu entidad federativa para conocer los requisitos específicos del procedimiento, ya que estos pueden variar dependiendo de las disposiciones legales estatales.

¿Qué vigencia tiene mi acta?

El acta de nacimiento no tiene vigencia. La expedida a través de la dirección electrónica www.gob.mx/ActaNacimiento/ cuenta con fecha de emisión, sin embargo, es importante resaltar que algunos trámites del gobierno piden el acta de nacimiento con una fecha de emisión definida. ¡Tómalo en cuenta!

¿Qué es la CURP?

La Clave Única de Registro de Población (CURP) es un instrumento que sirve para registrar en forma individual a todos los habitantes de México, nacionales y extranjeros, así como a las mexicanas y mexicanos que radican en otros países.

Todo trámite relacionado con la CURP es gratuito.

Para mayor información respecto a tu CURP ingresa aquí.