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Los números de denuncia seguirán existiendo, el 088 de Policía Federal (secuestro) y el 089 para denuncia anónima. El 9-1-1 atiende llamadas de emergencias médicas, de seguridad y protección civil.

Los Lineamientos de Colaboración en Materia de Seguridad y Justicia expedidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones el 2 de diciembre de 2015, en sus disposiciones trigésimo cuarto y trigésimo sexto señalan que:

 

TRIGÉSIMO CUARTO.­ Los códigos de servicios especiales: 060 (Policía Local), 061 (Policía Judicial Estatal y del D.F.), 065 (Cruz Roja), 066 (Sistema Nacional de Atención de Emergencias de la Ciudadanía), 068 (Bomberos) y 080 (Seguridad y

Emergencia) autorizados a las entidades gubernamentales y de servicio social, deberán migrar hacia el Número 911.

Ningún asignatario de códigos de servicios especiales podrá promocionar o prestar servicios de emergencia, a través de un número que no sea el Número 911, de lo contrario le será cancelada la correspondiente autorización. Asimismo, ningún asignatario de códigos de servicios especiales podrá promocionar o prestar servicios de denuncia anónima a través de un número diferente al 089, de lo contrario le será cancelada la correspondiente autorización. Queda exento de la migración el código de servicios especiales 088 (Servicios de Seguridad Pública Federal) el cual será utilizado por la Comisión Nacional de Seguridad, a través del Centro Nacional de Atención Ciudadana para informar a la ciudadanía sobre operativos vacacionales, información a migrantes, atención a delitos del fuero federal, entre otros.

 

TRIGÉSIMO SEXTO.­ El Secretariado Ejecutivo, al contar con la asignación a nivel nacional del Número 911 como número único de emergencia y 089 para la prestación de servicios de denuncia anónima, es el órgano encargado de administrar y coordinar su implementación y operación entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal, los Municipios, las entidades gubernamentales y de servicio social que lo requieran.

Asimismo, en términos de lo establecido en el artículo 111 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública o las disposiciones que, en su caso, los sustituyan, será el Secretariado Ejecutivo quien adopte las medidas necesarias para la armonización de los servicios y quien defina e implemente de forma gradual y ordenada el cambio del código de servicios especiales 066 al Número 911 en sus centros de atención de llamadas. El Secretariado Ejecutivo será la única entidad facultada para definir y modificar los enrutamientos de las llamadas o mensajes de texto SMS al 911 entre los centros de atención de llamadas de emergencia, así como los enrutamientos de las llamadas de denuncia anónima al 089.

 

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