Boletín No.803

Ciudad de México, a 14 de febrero de 2017

  • Se incorporan 19 tipos de cáncer de origen laboral respecto de los cuatro que contenía el anterior catálogo

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) confió en que la actual legislatura aprobará la iniciativa de reforma relacionada con las Tablas de Enfermedades Laborales y de Valuación de Incapacidades Permanentes, a efecto de actualizar la normatividad en esta materia.

Ignacio Rubí Salazar, Subsecretario de Previsión Social, comentó que el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 476, 513, 514 y 515, y se adiciona el 515 Bis a la Ley Federal del Trabajo, busca poner al día estas tablas, que datan de 1970 y que agrega 73 nuevos padecimientos de trabajo.

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“Estamos en espera de que prácticamente a partir de la aprobación de esta reforma ya podamos publicar ambas tablas, las cuales se encuentran en una condición de rezago que, a todas luces son obsoletas, ya no corresponden a la realidad productiva del País y, por supuesto, esto genera un alto riesgo en perjuicio de los trabajadores, ya que los coloca en una situación de vulnerabilidad”, dijo el funcionario de la STPS.

La anterior Tabla de Enfermedades de Trabajo contaba con 161 padecimientos, pero luego de su revisión se eliminaron 49 que más bien eran síntomas, y se agregaron 73 nuevos, para quedar en 185 afecciones.

El grupo de enfermedad que registró mayor aumento fue el de cáncer de origen laboral, que pasó de cuatro a 23 de diferentes tipos; los males infecciosos y parasitarios también tuvieron aumento de 21 a 40.

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La principal disminución fue del sistema respiratorio, al pasar de 50 tipos de este padecimiento a 16 y, por primera ocasión, se incorporaron enfermedades de tipo psicosocial y ergonómico.

La iniciativa de reforma en mención, que es analizada en la Cámara de Diputados, reitera la facultad de la STPS de realizar las investigaciones y estudios necesarios conforme al progreso de la medicina de trabajo, para expedir y actualizar periódicamente las tablas.

La Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (COCONASST) aprobó en agosto y octubre del año pasado, respectivamente, las nuevas Tablas de Enfermedades de Trabajo y de Valuación de Incapacidades Permanentes.

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Esta última determina el grado de disminución de la capacidad productiva de algún trabajador por causa de accidente o enfermedad de trabajo, lo que obliga, de acuerdo con la legislación laboral, a que reciba alguna indemnización derivado de su exposición a los riesgos de trabajo que le impida incluso seguir trabajando.

El Subsecretario de Previsión Social insistió en que estas reformas pretenden impulsar el énfasis preventivo, es decir, evitar a toda costa las graves consecuencias que trae consigo que trabajadores queden expuestos a accidentes de trabajo o contraigan una enfermedad producto de su actividad productiva.