Boletín de Prensa No. 534

 México, D.F., 20 de enero de 2016

  • Con este Sistema se facilita a los patrones el reporte de accidentes y enfermedades de trabajo. 

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) creó el Sistema de Avisos de Accidentes de Trabajo (SIAAT) para facilitar a los patrones la presentación de los avisos de accidentes y defunciones que sufran los trabajadores con motivo del trabajo, ante las autoridades laborales del país.

El SIAAT, que entró en operación el pasado 1 de enero, es una herramienta accesible, permanente y confiable para el registro en línea de los avisos de accidentes de trabajo, entendidos como toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se presente, incluidos los que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél. 

Al Sistema de Avisos de Accidentes de Trabajo podrán acceder todos los patrones y sus representantes, de los centros de trabajo establecidos en todo el país y que hayan tenido la ocurrencia de un accidente de trabajo o conocimiento de una defunción. 

Los patrones o sus representantes que realicen el aviso de accidente de trabajo en el SIAAT, deberán utilizar su Firma Electrónica Avanzada (FIEL) y contar con el certificado digital vigente emitido por el Servicio de Administración Tributaria, las claves pública y privadas que la conforman, así como seguir los procedimientos que se señalen en el manual de usuario del SIAAT

Para los patrones que opten presentar por escrito en las Delegaciones Federales del Trabajo o en las instalaciones de la Dirección General de Investigación y Estadísticas del Trabajo los avisos de accidentes de trabajo, la STPS pone a disposición en la dirección electrónica  http://siaat.stps.gob.mx, los siguientes formatos: 

  • “Aviso de accidentes de trabajo”, que deberá ser utilizado para dar la notificación de la ocurrencia de un accidente de trabajo o de la muerte de un trabajador como consecuencia de un accidente o enfermedad de trabajo.

  • “Datos complementarios al aviso de accidentes de trabajo”, que deberá ser utilizado para completar la información registrada en el formato de “Aviso de accidentes de trabajo”, y se presenta sólo en caso de que al dar el aviso de accidente dentro de las 72 horas siguientes de ocurrido un accidente de trabajo, se desconozcan los daños del mismo. 

En caso de que el patrón no presente el aviso dentro de las 72 horas siguientes a la ocurrencia del accidente, éste puede ser entregado por el trabajador o sus familiares de forma presencial a través del formato “Aviso de accidentes de trabajo para trabajadores y familiares”. 

La información proporcionada por los patrones es relevante para la generación de estadísticas que soporten el diseño, implementación y seguimiento de la política pública y de las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad y salud en el trabajo, y para la práctica de inspecciones de trabajo ordinarias y extraordinarias. 

Con estas acciones el Gobierno de la República, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, fortalece las políticas de protección de la salud y la vida de los trabajadores de México.