1. ¿Quién puede participar en el Programa como Tutor o Centro de Trabajo?

Las empresas de todos los tamaños y sectores, siempre y cuando el Centro de Trabajo cumpla con los requisitos y la documentación solicitada.

Para personas físicas:

  • Identificación oficial vigente por ambos lados de la o el Representante ante el Programa, las y los Administradores de sucursales, de las y los Tutores designados, en su caso.
  • Fotografía de la o el Representante o apoderado legal del Centro de Trabajo, las y los Administradores de sucursales, de las y los Tutores designados.
  • Comprobante de domicilio del Centro de Trabajo y sucursales donde se desarrollará la Capacitación, con una vigencia máxima de 4 (cuatro) meses de antigüedad al momento del registro.
  • Fotografías del exterior e interior del Centro de Trabajo y sucursales registradas donde se muestre el lugar donde se va a desarrollar la Capacitación y la disponibilidad de espacios para realizarla.

Para personas morales y Organizaciones de la Sociedad Civil: 

  • Instrumento notarial que acredite a la persona registrada ante el Programa como representante de la Persona Moral.
  • Cédula de identificación Fiscal.
  • Identificación oficial vigente por ambos lados de la o el representante o apoderado legal del Centro de Trabajo, las y los Administradores de sucursales, de las y los Tutores designados.
  • Fotografía del representante o apoderado legal del Centro de Trabajo, las y los Administradores de sucursales, de las y los Tutores designados.
  • Comprobante de domicilio del Centro de Trabajo y sucursales donde se desarrollará la Capacitación, con una vigencia máxima de 4 (cuatro) meses de antigüedad al momento del registro.
  • Fotografías del exterior e interior del Centro de Trabajo y sucursales registradas donde se muestre el lugar donde se va a desarrollar la Capacitación y la disponibilidad de espacios para realizarla.

Para instituciones públicas: 

  • Identificación oficial vigente por ambos lados de la o el representante ante el Programa, las y los Administradores de sucursales, de las y los Tutores designados.
  • Fotografía de la o el representante o apoderado legal del Centro de Trabajo, las y los Administradores de sucursales, de las y los Tutores designados.
  • Cédula de Identificación Fiscal de la Institución Pública.
  • Comprobante de domicilio del Centro de Trabajo y sucursales donde se desarrollará la Capacitación, con una vigencia máxima de 4 (cuatro) meses de antigüedad al momento del registro.
  • Fotografías del exterior e interior del Centro de Trabajo y sucursales registradas donde se muestre el lugar donde se va a desarrollar la Capacitación y la disponibilidad de espacios para realizarla.

 

2. ¿Qué actividades no son compatibles con el Programa?

Quedan prohibidas en el Programa las capacitaciones que contemplen las siguientes actividades:

  • Trabajo doméstico;
  • Ventas multinivel o esquemas piramidales;
  • Vigilancia, veladores, personal de seguridad para resguardo de bienes o personas y traslado de valores;
  • Choferes personales;
  • Actividades de culto religioso;
  • Actividades de proselitismo político-electoral o dentro de un partido político;

También están prohibidas las que establezca adicionalmente el Programa, o aquellas prohibidas por leyes civiles, mercantiles, laborales o que constituyan un delito de acuerdo con los códigos penales o aquellas que se consideren ilícitas.

Recuerda que este es un Programa de Capacitación para transferir habilidades laborales y competencias a las y los aprendices, es decir, no es un Programa de subsidio al empleo.

 

3. Soy Tutor/a y me gustaría aportar más de los $7,572 pesos a los Aprendices, ¿puedo hacerlo sin generar una relación laboral formal?

Sí. Se pueden otorgar a las y los aprendices reconocimientos, premios o ayudas en especie, bonos por puntualidad, comisiones, comidas, apoyo para transportes, etc. En ningún caso la Capacitación supondrá una relación laboral.

 

4.  Soy Tutor/a, ya inscribí mi empresa y tengo en mente el Aprendiz que quiero ¿puedo elegirlo directamente?

No. Está estrictamente prohibida la discriminación por falta de competencias técnicas o por experiencia laboral. Las y los Aprendices eligen el Centro de Trabajo donde se quieren capacitar.

 

5. Soy un Tutor, ya acepté al Aprendiz y desde la fecha de inicio de su Capacitación no ha asistido y no consigo comunicarme con él. ¿Qué hago?

Si el Aprendiz no se presentó puedes darlo de baja del Centro de Trabajo, desde la Plataforma.

 

6. Soy una empresa y ya cubrí todas mis vacantes, ¿puedo ofertar más vacantes o añadir más Centros de Trabajo y nuevos Planes de Actividades?

Se debe señalar el número de aprendices que desea recibir para desarrollar la Capacitación por cada Plan de Actividades presentado, de acuerdo con los siguientes límites:

  • Personas morales. Podrán recibir la cantidad máxima de 20 (veinte) Aprendices y en caso de ser organizaciones de la sociedad civil (OSC), la cantidad máxima de 5 (cinco) Aprendices; sujeto a la aprobación previa del Programa.
  • Personas físicas. Podrán recibir la cantidad máxima de 5 (cinco) Aprendices; sujeto a la aprobación previa del Programa.
  • Instituciones Públicas. Podrán recibir la cantidad máxima de 50 (cincuenta) Aprendices, las instituciones públicas estatales un máximo de 20 (veinte) Aprendices y las instituciones públicas municipales un máximo de 10 (diez) Aprendices; sujeto a la aprobación previa del Programa.

 

Aquellas personas morales, personas físicas o instituciones públicas que quieran recibir más aprendices de los límites establecidos en las presentes Reglas de Operación estarán sujetas a autorización de la STPS.

*Si no encontraste respuesta a tu pregunta, puedes acceder a las siguientes opciones:

 

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