La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) informa que se han establecido los valores mínimos y máximos para las variables de adjudicación de las primeras tres convocatorias de la Ronda 2:

  • La primera convocatoria, del 20 de julio de 2016, consta de 15 áreas contractuales en aguas someras en la modalidad de producción compartida;
  • La segunda convocatoria, emitida el 24 de agosto de 2016, consta de 12 áreas contractuales terrestres en la modalidad de licencia, y
  • La tercera convocatoria, del 15 de noviembre de 2016, consta de 14 áreas contractuales terrestres en la modalidad de licencia.

Como parte de las condiciones económicas de las licitaciones, se estableció que la selección de los ganadores se realizará con base en una fórmula que considera dos variables:

  • Una primera variable relacionada con los ingresos del Estado:
  • Para los contratos de producción compartida correspondientes a la primera convocatoria, la variable es el porcentaje de participación del Estado en la utilidad operativa.
  • Para los contratos de licencia correspondientes a las segunda y tercer convocatorias, la variable es la tasa de regalía adicional.
  • Como segunda variable, un compromiso de inversión adicional. Para éste se contemplan como valores aceptables la perforación de cero, uno o dos pozos adicionales a los establecidos en el programa mínimo de trabajo.

Los licitantes tienen que proponer un bono a la firma en caso de que se presente un empate en el resultado de la fórmula. Ello implica que, aun cuando los licitantes alcanzaran los valores máximos para la inversión adicional y la variable fiscal (porcentaje de participación o regalía adicional), esto no limita los recursos que puede recibir el estado, dado que además estará el bono a la firma.

Las condiciones económicas de los procesos de licitación, junto con los demás instrumentos contractuales e impositivos como el impuesto sobre la renta y la regalía básica, impulsarán el desarrollo óptimo de largo plazo de los proyectos. Al mismo tiempo, el Estado garantiza la  captura de la renta petrolera a través de la competencia en la licitación. Cabe recordar que todos los contratos incluyen un mecanismo de ajuste que garantiza que el Estado recibirá cualquier renta extraordinaria asociada a sorpresas positivas en los precios o el tamaño de los yacimientos.

Para las primeras tres convocatorias de la Ronda 2, los  valores mínimos y máximos por área contractual para la variable de ingresos del Estado son los siguientes:

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Mayor información relativa a la licitación se encuentra disponible en la página http://rondasmexico.gob.mx/

Ciudad de México, 17 de mayo de 2017