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Mecanismo para el seguimiento a los Aspectos Susceptibles de Mejora

Mecanismo que establece el proceso que deberán observar las Dependencias y Entidades para dar seguimiento a los Aspectos Susceptibles de Mejora derivados de informes y evaluaciones con el fin de contribuir a mejorar el desempeño de los Programas federales y presupuestarios.

Secretaría de Hacienda y Crédito Público | 23 de octubre de 2015

Con el objetivo de establecer un proceso para dar seguimiento a los Aspectos Susceptibles de Mejora (ASM) y articular los resultados de las evaluaciones externas y/o informes a los Pp en el marco del Sistema de Evaluación del Desempeño, la SHCP, la SFP y el CONEVAL emitieron en octubre de 2008 la primera versión del “Mecanismo para el seguimiento a los aspectos susceptibles de mejora derivados de los informes y evaluaciones externas a programas federales 2008”, el cual se ha actualizado en dos ocasiones, emitiéndose en marzo de 2011 el “Mecanismo para el seguimiento a los aspectos susceptibles de mejora derivados de informes y evaluaciones a los programas presupuestarios de la Administración Pública Federal” (Mecanismo) vigente.

Mecanismo para el seguimiento a los ASM

Es el Instrumento mediante el cual se establece el proceso que deberán observar las Dependencias y Entidades para suscribir y dar seguimiento a las recomendaciones y hallazgos que deriven de una Evaluación externa, denominándolos ASM, con el fin de contribuir a mejorar el desempeño de los Programas presupuestarios (Pp).

¿Qué son los ASM?

Los ASM son los hallazgos, debilidades, oportunidades y amenazas identificadas en la evaluación externa, las cuales pueden ser atendidas para la mejora de los programas con base en las recomendaciones y sugerencias señaladas por el evaluador externo a fin de contribuir a la mejora de los Pp.

¿Cómo se selecciona un ASM?

Una vez concluida la evaluación o informe del Pp, se procede al análisis de las recomendaciones y hallazgos mediante el cual se identifican y se seleccionan los ASM, tomando en consideración los siguientes criterios:

Ø  Claridad: Estar expresado en forma precisa;

Ø  Relevancia: Ser una aportación específica y significativa para el logro del propósito y de los componentes del programa federal;

Ø  Justificación: Estar sustentado mediante la identificación de un problema, debilidad, oportunidad o amenaza; y

Ø  Factibilidad: Ser viable de llevar a cabo, en un plazo determinado, por una o varias instancias gubernamentales.

 

¿Cómo se clasifican y atienden los ASM?

Específicos: Aquéllos cuya solución corresponde a las unidades responsables

Institucionales: Aquéllos que requieren de la intervención de una o varias áreas de la dependencia y/o entidad para su solución.

Interinstitucionales: Aquéllos que para su solución se deberá contar con la participación de más de una dependencia o entidad.

Intergubernamentales: Aquéllos que demandan la intervención de gobiernos estatales o municipales.

 

¿Cómo se le da el seguimiento a los ASM?

El seguimiento a los ASM se da mediante la elaboración de instrumentos de trabajo que las dependencias y entidades entregan a las tres Instancias coordinadoras (SHCP, SFP y el Coneval). Los instrumentos son: Documento de opinión de la dependencia o entidad (posición institucional), Documento de Trabajo, Documento Institucional y los Documentos de Avance.

La información sobre la suscripción y registro de avance de los ASM es cargada en el Sistema de Seguimiento a los ASM (SSAS), el cual es administrado por el Coneval, con base en un calendario de carga de la información, del mantenimiento y actualización de esta.

 

 

 

 

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