Que el artículo 56 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, estableció un Fondo de Apoyo a Migrantes para apoyar a los trabajadores migrantes en retorno y a las familias que reciben remesas, para que puedan encontrar una ocupación en el mercado formal, cuenten con opciones de autoempleo, generen ingresos y mejoren su capital humano y vivienda;
Que el Fondo de Apoyo a Migrantes operará de manera descentralizada en 24 entidades federativas, específicamente en los municipios ubicados en los estratos de bienestar 1 a 4 definidos por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en los que más del diez por ciento de los hogares reciben remesas, distribuidos en las principales ciudades fronterizas receptoras de trabajadores en retorno y en las zonas metropolitanas de Monterrey, Guadalajara y del Valle de México; y
Que en el ordenamiento de referencia, se establece que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitirá los lineamientos que regirán al Fondo de Apoyo a Migrantes, por lo que he tenido a bien emitir los siguientes Lineamientos para la Operación del Fondo de Apoyo a Migrantes. Ejercicios fiscales anteriores a 2014.