Registrando su memoria histórica y evolución, además de que identifica a los servidores públicos que cuenten con su representación legal.
El REPODE tiene su fundamento legal en la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento que prevén la constitución de dicho registro a través de un sistema electrónico a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
En el REPODE, los organismos descentralizados deberán inscribir los actos y documentos previstos en el artículo 25 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y que se refieren fundamentalmente a los estatutos orgánicos de los organismos, así como a los nombramientos de sus directores generales, de los integrantes de sus órganos de gobierno y los poderes otorgados a sus representantes legales.
Finalmente, el REPODE podrá expedir al público en general, certificaciones de las inscripciones y registros correspondientes a fin de que el ciudadano pueda contar con constancias de los documentos que se encuentran inscritos en el registro.
Publicaciones Recientes
2023-01-10 10:27:00 -0600
2019-10-02 12:32:00 -0600
2019-08-28 14:11:00 -0600
2019-04-08 16:58:00 -0600
2019-03-28 17:32:00 -0600
Registro Público de Organismos Descentralizados (REPODE)
El Sistema de Registro Público de Organismos Descentralizados (REPODE) es un mecanismo de transparencia y control que permite contar con una base de datos de dichos organismos.
Secretaría de Hacienda y Crédito Público | 06 de abril de 2016
Registro Público de Organismos Descentralizados (REPODE)
Imprime la página completa
La legalidad, veracidad y la calidad de la información es estricta responsabilidad de la dependencia, entidad o empresa productiva del Estado que la proporcionó en virtud de sus atribuciones y/o facultades normativas.