PROTOCOLO para la prevención, atención y sanción del hostigamiento sexual y acoso sexual

07/03/2017

Secretaría de la Función Pública | 07 de marzo de 2017

En el marco de los compromisos internacionales suscritos por el Gobierno Mexicano, en específico,  en atención a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), la Secretaría de la Función Pública (SFP), la Secretaría de Gobernación (SEGOB) y el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) trabajaron de manera coordinada a fin de establecer un marco de actuación general que deberá regir a las personas consejeras de cada dependencia o entidad de la Administración Pública Federal, con el propósito de poder brindar una atención especializada de primer contacto a las presuntas víctimas de conductas de hostigamiento sexual y acoso sexual.

El objetivo de este Protocolo será prevenir, atender y sancionar las conductas de hostigamiento sexual y acoso sexual para garantizar el acceso de las personas a una vida libre de violencia, en el servicio público.

La figura central de este Protocolo la constituye la persona consejera quien brindará la atención de primer contacto a las presuntas víctimas. La capacitación de todos los servidores públicos y la certificación de las personas consejeras en tan importante tema estará a cargo del INMUJERES en colaboración con la SFP.

El fin será promover una cultura institucional de igualdad de género y clima laboral libre de violencia en todas las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Por cuanto  hace al papel de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés, éstos podrán conocer de las denuncias por presuntas actualizaciones de conductas de hostigamiento sexual y acoso sexual. Su alcance será la emisión de una recomendación no vinculante que deberá hacerse del conocimiento del presunto agresor y, en su caso, de su superior jerárquico.

A fin de facilitar la identificación de las conductas que pudieran actualizar un presunto hostigamiento sexual y acoso sexual, la Secretaría de la Función Pública emitió y publicó el pasado 2 de septiembre, en el Diario Oficial de la Federación, la Décimo Tercera Regla de Integridad relativa a las conductas que contravendrán el “Comportamiento Digno” a que están obligados todos los servidores públicos del Gobierno Federal, en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función.

Te invitamos a conocer el documento completo publicado el 31 de agosto de 2016, en el Diario Oficial de la Federación, en la siguiente liga:

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5450530&fecha=31/08/2016

Te invitamos a conocer la Regla de Integridad de Comportamiento Digno, en la siguiente liga:

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5450952&fecha=02/09/2016

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