Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social

Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social

Secretaría de la Función Pública | 28 de octubre de 2016

JAVIER VARGAS ZEMPOALTECATL, Subsecretario de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas, en ausencia del Secretario de la Función Pública, con fundamento en los artículos I, 18, 26 y 37, fracciones VI, XVIII y XXVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 67 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social, y 1, 6, fracciones I y XXIV, 7, fracción XII, 33, fracción VI y 86 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 tiene como finalidad dar solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación, asimismo concibe a la participación de la sociedad como un mecanismo fundamental para el cumplimiento de los objetivos y estrategias que el mismo establece;

Que la contraloría social constituye una práctica de transparencia y rendición de cuentas, que contribuye a lograr los objetivos y estrategias en materia de política social;

Que conforme a lo dispuesto por la Ley General de Desarrollo Social, la contraloría social es el mecanismo de los beneficiarios, para que de manera organizada, verifiquen el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los programas de desarrollo social;

Que para propiciar la participación de los beneficiarios de los programas federales de desarrollo social en la vigilancia de su ejecución y del ejercicio y aplicación de los recursos federales asignados a los mismos, así como en la verificación del cumplimiento de sus metas, la Ley mencionada establece la obligación del Gobierno Federal para impulsar la contraloría social y al efecto, el Reglamento de dicho ordenamiento legal confiere a la Secretaría de la Función Pública la atribución de emitir los lineamientos correspondientes;

Que a fin de alcanzar los propósitos mencionados en el considerando que antecede, resulta necesario que esta Secretaría, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley General de Desarrollo Social, establezca las bases a fin de que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a cargo de programas de desarrollo social, promuevan y realicen las acciones necesarias para la integración, operación y seguimiento de la contraloría social, y establezcan las disposiciones relativas en las reglas de operación de dichos programas y en los instrumentos de coordinación que celebren con los gobiernos de las entidades federativas, con la participación que corresponda a los municipios o alcaldías de la Ciudad de México;

Que en esta tarea, es indispensable que las dependencias y entidades señaladas, realicen las acciones pertinentes para que se proporcione a los beneficiarios de los programas de desarrollo social a su cargo, los conocimientos y mecanismos que les permitan realizar las actividades de contraloría social, así como para que se les facilite el acceso a información útil, veraz y oportuna respecto a dichos programas, para promover su participación efectiva en las actividades de verificación de la ejecución de los programas, la aplicación de los recursos públicos asignados a los mismos y el cumplimiento de las metas;

Que la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por las Organizaciones de la Sociedad Civil, confiere el derecho a las Organizaciones de la Sociedad Civil de participar en los mecanismos de Contraloría Social que establezcan u operen dependencias y entidades, por dicha razón resulta importante considerar las actividades de promoción que pueden desempeñar dichas organizaciones y con ello obtener un mayor alcance en la aplicación de la contraloría social en la ejecución de los programas federales de desarrollo social, y

Que para coadyuvar en la promoción de la transparencia y el combate a la corrupción en la gestión pública, así como para propiciar la participación de los beneficiarios de los programas de desarrollo social a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en las actividades de seguimiento, supervisión y vigilancia de los mismos, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA PROMOCIÓN Y OPERACIÓN DE LA CONTRALORÍA SOCIAL EN LOS PROGRAMAS FEDERALES DE DESARROLLO SOCIAL

Documentos


  • Paginas : de
Contesta nuestra encuesta de satisfacción.
¿Cómo fue tu experiencia en gob.mx?

Imprime la página completa

La legalidad, veracidad y la calidad de la información es estricta responsabilidad de la dependencia, entidad o empresa productiva del Estado que la proporcionó en virtud de sus atribuciones y/o facultades normativas.