Desde un punto de vista estrictamente económico, una contratación de mayor volumen correspondiente a un bien o servicio, generalmente permite a los productores de los mismos utilizar de una manera más eficiente su capacidad instalada - cuando ésta se encuentra subutilizada-, cuestión que se refleja en una disminución del costo total promedio de producción del bien o servicio de que se trate (economías de escala), amén de que también es susceptible de generar importantes reducciones en los costos de promoción y distribución del bien o servicio, así como disminuye los costos asociados a la incertidumbre que puede tener dicho productor respecto a la efectiva colocación en el mercado de sus bienes y servicios.

Consecuentemente, en el caso de mercados competitivos, las contrataciones de mayor volumen de bienes o servicios son susceptibles de provocar que los operadores económicos ofrezcan a los consumidores (en este caso las dependencias o entidades) mejores precios a los que obtendrían en contrataciones de un menor volumen. Incluso en mercados de competencia imperfecta (monopolio, duopolio, oligopolio) las contrataciones de mayor volumen permiten al consumidor alcanzar una posición de relativa equidad frente a los operadores económicos de dicho mercado, que les permite ejercer un efectivo poder de compra.

Precisamente a través de los procedimientos de contratación consolidados, diversas contrataciones de menor volumen se agregan en un solo procedimiento de contratación, permitiendo de esa manera que los entes públicos que se agrupan en la consolidación obtengan los beneficios inherentes a las contrataciones por volumen, razón por la cual la consolidación constituye en lo general una buena práctica de contratación pública, misma que tiene un amplio reconocimiento en los países más desarrollados del orbe.

Por ello, para cumplir el objetivo estatuido en el párrafo primero del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), de administrar los recursos públicos –en la especie los destinados a las contrataciones públicas-, entre otros principios, con eficiencia, eficacia y economía, resulta conveniente que los entes públicos de la Administración Pública Federal analicen la posibilidad y, en su caso, la efectiva conveniencia económica o no, de llevar a cabo una determinada contratación en forma consolidada.