México, DF, 18 de junio de 2015

La Secretaría de Educación Pública, a través del oficial mayor de la dependencia, Jorge Carlos Hurtado Valdez, aclaró respecto a las constantes declaraciones del director general del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO), Moisés Robles Cruz, quien ha expresado no estar en posibilidades de retener el pago a los maestros que no asistieron a laborar durante la primer quincena del mes de junio, ya que esta responsabilidad recae supuestamente en las atribuciones de la Secretaría de Educación Pública federal.

El oficial mayor puntualizó al respecto lo siguiente:

· El artículo 26 fracción VI de la Ley de Coordinación Fiscal establece como obligación de la Secretaría de Educación Pública de retener y enterar las cantidades que por ley deban pagarse por concepto de impuestos federales y aportaciones de seguridad social, así como las demás cantidades que deban retenerse con base en la instrucción correspondiente de la autoridad educativa de la entidad federativa

· De la lectura del precepto jurídico se desprende que la SEP debe sujetarse a la instrucción correspondiente de la Autoridad Educativa Estatal para efectuar retenciones a las percepciones de los trabajadores que ocupan plazas registradas en el FONE.

· En este sentido, se hace del conocimiento que el pasado jueves 11 de junio, a las 10:04 pm, el Lic. José Armando Pineda Loredo, enlace operativo para temas de nómina del IEEPO ante la Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros de esta Oficialía Mayor, solicitó que no fueran dispersados los recursos ni enviados los cheques correspondientes al pago de la quincena 11, en el entendido de que evaluarían separar las nóminas para realizar el pago al personal que si estaba laborando.

· Posteriormente, el viernes 12 de junio a las 12:48 pm, el Lic. Armando Pineda Loredo comunicó a la Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros, la solicitud para reanudar el pago de las nóminas correspondientes a la quincena 11 porque ya existía un acuerdo con los maestros de la sección 22.

· De lo anterior se acredita que:

- El IEEPO es la instancia facultada para instruir el trámite de pago de la nómina educativa del personal que ocupa plazas registradas en el FONE en el estado de Oaxaca.

- El IEEPO solicitó a la SEP suspender el trámite de los pago de la quincena 11, y posteriormente, solicitó la reanudación de los mismos.

- La Secretaría de Educación Pública, en cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Coordinación Fiscal, atendió las solicitudes del IEEPO de suspender y posteriormente, reanudar el trámite de pagos de la quincena 11 en el estado de Oaxaca.