México, DF, 26 de abril de 2015

La Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente (CNSPD) informa que con la finalidad de cumplir con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, el cual establece que las autoridades educativas y los Organismos Descentralizados deberán evaluar el desempeño docente y de quienes ejerzan funciones de dirección o de supervisión en la Educación Básica y Media Superior que imparta el Estado, esta evaluación será obligatoria, y el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación ( INEE ) determinará su periodicidad, considerando por lo menos una evaluación cada cuatro años y vigilará su cumplimiento.

En la evaluación del desempeño se utilizarán los perfiles, parámetros e indicadores, así como los instrumentos de evaluación que para fines de Permanencia sean definidos y autorizados por el propio Instituto 

La CNSPD llevó a cabo el proceso de construcción de los Perfiles, Parámetros e Indicadores para la evaluación del desempeño de Docentes, Técnicos Docentes y Personal con funciones de Dirección y Supervisión en la Educación Básica, en colaboración con docentes frente a grupo, directores de escuelas, supervisores, jefes de sector, asesores técnico-pedagógicos, responsables de los niveles educativos y autoridades educativas locales de todo el país. 

Los Perfiles, Parámetros e Indicadores fueron autorizados por el INEE, y se encuentran publicados en el Sistema Nacional de Registro del Servicio Profesional Docente (SNRSPD), en la página www.servicioprofesionaldocente.sep.gob.mx.

Su propósito es ser un referente para una práctica profesional que propicie mejores logros de aprendizaje en todos los alumnos.

Para el ciclo escolar 2015–2016, la evaluación del desempeño se realizará en dos etapas: 

1. Septiembre a noviembre de 2015.

2. Febrero a mayo de 2016.

A partir de los resultados de la evaluación del desempeño se implementarán diversos procesos  establecidos en el Servicio Profesional Docente:  

Permanencia‎:

Permite la continuidad del servicio educativo con pleno respeto a los derechos constitucionales de los trabajadores.

Promoción:

Por incremento de horas

Consiste en la asignación de horas adicionales a los docentes y técnico docentes que ostentan una plaza por hora/semana/mes.

En la misma función, a través de incentivos.

Ofrece incentivos adicionales a quienes destaquen en la evaluación de desempeño.

De esta manera, se cumplen los principios de legalidad, certeza, imparcialidad y transparencia que orientan el desarrollo del Servicio Profesional Docente.