1. ¿En qué consiste?
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Es el trámite mediante el cual las personas físicas o morales puede solicitar el cambio de nombre (denominación) autorizado por la autoridad para su plantel educativo.
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2. ¿A quién está dirigido?
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Personas físicas o morales que acrediten su interés legítimo para solicitar dicho cambio./cms/uploads/image/file/192297/linea_sola.jpg

3. ¿Dónde se realiza?
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En la ventanilla número 8 de la Subdirección de Reconocimiento adscrita a la Dirección de Instituciones Particulares de Educación Superior, en un horario de atención 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes en días hábiles.
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4. ¿Cuáles son los requisitos?
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Escrito libre en el cual el particular solicite dicho cambio y proponga una terna de nombres a utilizar por dicha institución de los cuales uno será elegido por la autoridad educativa siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 26 del Acuerdo número 279 por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios del tipo superior publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de julio de 2000.
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5. ¿Cuál es el tiempo de respuesta o realización del servicio?
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De 10 a 15 días hábiles.
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6. ¿Cuál es el costo?
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No tiene costo alguno, el trámite es gratuito.
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