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Inspección en aeropuertos

Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria | 12 de febrero de 2020

English Version: Airport Inspections

El Senasica, a través de su personal adscrito en las Oficinas de Inspección de Sanidad Agropecuaria (OISA), ubicadas en los aeropuertos internacionales, tiene como objetivo evitar que al país se introduzcan plagas o enfermedades que afectan a los animales, vegetales e inclusive al ser humano, mediante la inspección fitozoosanitaria que permite la verificación del cumplimiento de la regulación sanitaria establecida para la importación de mercancías de origen agrícola y de animales.

Las actividades de inspección fitozoosanitaria y de medidas sanitarias que realiza el personal oficial adscrito a las OISA en los aeropuertos internacionales, son de tres tipos:

  • Embarques comerciales de mercancías reguladas por el Senasica –Sader para su importación; ésta se lleva a cabo con base en el procedimiento establecido por el Senasica (Procedimiento de inspección) que consiste en que el importador o su agente aduanal presentan en la OISA la solicitud de inspección fitozoosanitaria para que se verifique el cumplimiento cabal de los requisitos establecidos por las áreas normativas a través de Normas Oficiales Mexicanas, Hojas de requisitos Fitosanitarios, Hojas de Requisitos Zoosanitarios, Planes de trabajo, Protocolos, o cualquier otra dictada por esas áreas.
  • Inspección de las mercancías reguladas para su importación por el Senasica-Sader, que portan los viajeros procedentes de vuelos del extranjero en sus equipajes y bolsos, y que son para su consumo personal.
  • Retención a los viajeros las mercancías que no cumplen con la regulación y procedimientos establecidos, con objeto de evitar el riesgo sanitario, para su posterior destrucción.
  • Aplicación de medidas sanitarias específicas como lo es: colocar tapetes sanitarios, con desinfectantes, a la salida del avión o a la entrada de la sala de recepción de pasajeros. También en su caso el asperjar con substancias desinfectantes o desinsectantes, mercancías o artículos que pudieran ser portadores de un riesgo fitozoosanitario.
  • Supervisión del manejo de desembarco de desechos de los alimentos (comisariato) que se sirve a los pasajeros, de su separación (escamoche) para colocar en recipientes aislados para evitar contaminación, y de su destrucción.
  • Evitar que se desembarquen mercancías o productos de riesgo fitosanitario o zoosanitario.
  • Destruir mediante incineración, y en su caso verificar, que las mercancías retenidas o que los desechos de comisariatos de riesgo fitosanitario se destruyan adecuadamente.
  • Expedir certificados zoosanitarios para importación a las mascotas (perros o gatos) que cumplen con la regulación para poder ser internados al país.

 

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