Además de la presente Guía, los interesados deberán cumplir con las disposiciones establecidas en la Ley de Productos Orgánicos, Reglamento de la Ley de Productos Orgánicos, Ley de Propiedad Industrial, ACUERDO por el que se dan a conocer los Lineamientos para la Operación Orgánica de las actividades agropecuarias y sus posteriores modificaciones, ACUERDO por el que se establece la campaña y las medidas fitosanitarias que deberán aplicarse para el control y en su caso erradicación del picudo del agave, así como disminuir el daño de las enfermedades asociadas a dicha plaga en la Zona Denominación de Origen Tequila,; así como la Norma Oficial Mexicana NOM-006-SCFI-2012, Bebidas alcohólicas-Tequila-Especificaciones.
La aplicación de las disposiciones establecidas en la presente Guía, corresponde a la Secretaría a través del SENASICA, o en su caso, a los Órganos de Coadyuvancia Aprobados, cuando se considere necesario en el ámbito de sus respectivas atribuciones.