Además de esta Guía, los interesados deberán atender las disposiciones establecidas en la Ley de Productos Orgánicos, Reglamento de la Ley de Productos Orgánicos, el ACUERDO por el que se dan a conocer los Lineamientos para la Operación Orgánica de las actividades agropecuarias y sus posteriores modificaciones, así como el ACUERDO por el que se da a conocer el Uso del Distintivo Nacional de Productos Orgánicos
La aplicación de las disposiciones establecidas en esta Guía, corresponde a la Secretaría a través del SENASICA, o en su caso, a los Órganos de Coadyuvancia Aprobados, cuando se considere necesario en el ámbito de sus respectivas atribuciones.