PROFEPA será la encargada de ejecutar las acciones para su inspección y vigilancia, así como su aplicación, verificación y cumplimiento

• El Protocolo entra en vigor a partir de su fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación

Protocolo de Atención para Varamiento de Mamíferos Marinos

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La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Subsecretaría de Fomento y Normatividad Ambiental en coordinación con las áreas del sector ambiental y con la Secretaría de Marina (SEMAR), publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo mediante el que se expide el Protocolo de Atención para Varamiento de Mamíferos Marinos.

Este Protocolo tiene como objetivo establecer las bases y procedimientos comunes para la atención de eventos de varamiento de mamíferos marinos en las zonas costeras del territorio nacional, su registro, la búsqueda de las posibles causas que los provocaron y la atención oportuna para contribuir a la conservación de las poblaciones, evitando afectación a los ecosistemas, a la sanidad animal y a la salud pública.

Este documento se expide en cumplimiento a lo establecido en los artículos 60 Bis de la Ley General de Vida Silvestre (LGVS) y 90 Bis de su Reglamento, que mandatan que todo varamiento deberá ser atendido conforme al citado Protocolo y que será la SEMARNAT quien lo expida.

Incluye los procedimientos que se deben seguir para la atención de varamientos de mamíferos marinos muertos y vivos, considerando en el caso de los segundos, la liberación de los organismos que presenten un buen estado de salud; la rehabilitación de aquellos que así lo requieran como una medida para poder reintegrarlos a su hábitat natural y la eutanasia como medida para liberar del sufrimiento a los organismos cuya rehabilitación no es viable pero siempre atendiendo a las medidas de trato digno y respetuoso de la vida silvestre que contemplan la Ley General de Vida Silvestre y la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

En cuanto a la parte operativa para aplicar los procedimientos referidos, se establecen las medidas de coordinación que deberán cumplir las autoridades federales, estatales y locales, desde la notificación de la ocurrencia de un evento de varamiento hasta concluir su atención.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) será la encargada de ejecutar las acciones para su inspección y vigilancia así como su aplicación, verificación y cumplimiento. Asimismo, podrá solicitar la opinión de otras dependencias de la administración pública federal, estatal o municipal y de expertos en el tema.

Un elemento importante que considerará este Protocolo es la participación de la sociedad civil a través de grupos voluntarios de apoyo, la cual incluirá a personas físicas o morales, constituidas legalmente o no en una agrupación, que pueden apoyar, directa o indirectamente, a la autoridad en la atención de varamientos de mamíferos marinos de manera altruista y comprometida.

Asimismo, podrán colaborar aquellas personas que cuenten con conocimientos especializados y/o experiencia y/o equipo necesarios para apoyar las acciones que se realicen, así como ciudadanos que pese a no contar con los recursos señalados, estén comprometidos con la conservación de los mamíferos marinos.

Comunicado de Prensa Núm. 105/14 | México, DF., a 17 de junio de 2014