Trámite SEMARNAT-07-033-J

Información adicional al trámite SEMARNAT-07-033-J Solicitud de autorización para el manejo de residuos peligrosos Modalidad J transporte de microgeneradores.

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales | 09 de noviembre de 2015

¿Qué es una autorización para la recolección y transporte de residuos de microgeneradores con agentes infecciosos (RPBI)?

Es un documento legal mediante el cual la SEMARNAT autoriza a los microgeneradores, la recolección y transporte de residuos peligrosos que contengan agentes infecciosos, para dar cumplimiento con lo establecido en el Artículo 50 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR).

¿Qué es una autorización para la recolección y transporte de residuos peligrosos provenientes de microgeneradores?
Es un documento legal mediante el cual la SEMARNAT autoriza el manejo de residuos peligrosos para la recolección y transporte, para dar cumplimiento con lo establecido en el Artículo 50 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR).

¿Quiénes deben solicitarla?
Microgeneradores que pretendan implementar sistemas de recolección y transporte de residuos peligrosos biológico infeccioso.

¿Cuál es el trámite que debe realizarse para obtener la autorización para la operación del transporte de residuos de microgeneradores con agentes infecciosos?
SEMARNAT-07-033- J

¿Existe algún plazo de respuesta?
El tiempo máximo para que la autoridad emita respuesta es de 45 días hábiles, para requerir información faltante, cuenta con un plazo máximo de 15 días hábiles.

¿Qué vigencia tiene la autorización?
5 años.

¿Qué obligaciones establece la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR) para la prestación de servicios de sistemas de recolección y transporte de residuos peligrosos biológico infeccioso?

  • Son responsables por las operaciones de manejo de residuos peligrosos en que participen, dicha responsabilidad iniciará desde el momento en que le sean entregados los mismos por el microgenerador.
  • Los microgeneradores, deberán registrarse como generador de residuos peligrosos, dicho registro se debe realizar a través del trámite SEMARNAT-07-017.
  • Verificar que los residuos peligrosos se encuentren debidamente identificados, etiquetados, envasados y embalados.
  • Registrar en una bitácora la cantidad y tipo de residuo transportado y entregado al centro de acopio o destino final, el cual debe estar sellado por la etapa de manejo correspondiente.
  • Cumplir con los términos y condicionantes descritas en su autorización de tratamiento de residuos peligrosos.

¿Dónde se presenta el trámite?
En los Espacios de Contacto Ciudadano (ECC) de las Delegaciones Federales de la SEMARNAT localizadas en las entidades federativas del país.
En el ECC de la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental (SGPA) en la Ciudad de México.

¿Cuál es la Unidad Administrativa responsable de resolver el trámite?
La Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas (DGGIMAR).
Las Delegaciones Federales de la SEMARNAT localizadas en las entidades federativas del país.

¿Se puede consultar vía internet el seguimiento del trámite de tratamiento de residuos peligrosos?
Si, a través del Número de Bitácora que el ECC le asigna al presentar su trámite de tratamiento de residuos peligrosos.

Consulta el Manifiesto de entrega, transporte y recepción de residuos peligrosos

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