Trámite SEMARNAT-07-024

Información adicional al trámite SEMARNAT-07-024 Registro de planes de manejo de residuos peligrosos.

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales | 10 de noviembre de 2015

¿Qué es un Plan de manejo?
Es un instrumento que tiene por objeto minimizar la generación de los residuos y maximizar la valorización de los que se generan, bajo criterios de eficiencia ambiental, tecnológica, económica y social.
Para el caso práctico de valorización dentro de los Planes de Manejo, se debe indicar el aprovechamiento de los residuos dentro del sitio de generación, a través del reuso o algún tratamiento físico o químico aplicado con la finalidad de reducir la cantidad de generación de los mismos.

Por ejemplo:

  1. Los envases vacíos contaminados son valorizados dentro de la empresa para almacenar residuos peligrosos compatibles.
  2. El aceite gastado es filtrado para eliminar las partículas sólidas suspendidas y reutilizarlo para lubricar la maquinaria.
  3. Se adquirió una torre de destilación para destilar y reutilizar el solvente usado.

¿Quiénes son los sujetos obligados a presentarlo?

  1. Grandes generadores de residuos peligrosos (mayor o igual a 10 Ton/año).
  2. Generadores de residuos de la industria minero-metalúrgica (peligrosos y no peligrosos).
  3. Productores, importadores, exportadores, distribuidores y/o comerciantes de los residuos listados en el artículo 31 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR), fracciones I a la XI.
  4. Todos los generadores que incorporen condiciones particulares de manejo en el plan; una vez registradas, tendrán efectos de autorización.
  5. Autoridades municipales que registren planes de manejo de residuos peligrosos.

¿Existe algún formato y dónde puedo localizarlo?
El formato FF-SEMARNAT-034, que se encuentra en el apartado de documentos del trámite de registro de planes de manejo de residuos peligrosos.
El formato contiene instructivo de llenado e información detallada sobre los datos solicitados.

¿Dónde se presenta el trámite y cuál es la Unidad Administrativa responsable de dar respuesta?
En los Espacios de Contacto Ciudadano (ECC) distribuidos en las 31 Delegaciones Federales de la SEMARNAT de los Estados o en su caso en el ECC de la Ciudad de México de la Dirección General Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas (DGGIMAR).

La atribución de las Delegaciones es únicamente la recepción y turno del trámite a la DGGIMAR en la Ciudad de México, quien es la Unidad Administrativa responsable de resolver el trámite. Por ello, las Delegaciones deben sellar su información con la siguiente leyenda:

“Se recibe sólo para el efecto de ser turnado a la autoridad correspondiente, en consecuencia el plazo para resolver lo que corresponda empezará a contarse al día siguiente de haber sido recibido por la Dirección General correspondiente, conforme al artículo 32 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo”.

IMPORTANTE: Solicitar al ECC de la Delegación que selle de cotejo las copias simples que entregue, después de haberlas comparado con los originales o copias certificadas.

¿Dónde puedo solicitar información sobre el estatus de mi trámite?
En el correo electrónico: contacto.ciudadano@semarnat.gob.mx o al teléfono 01800 0000 247.

¿Cuánto tiempo tiene la DGGIMAR para emitir una respuesta?
Se tiene un total de 45 días hábiles, para dar respuesta la solicitud del trámite y 15 días para solicitar información faltante.

*Sin embargo el usuario debe considerar que si ingresa su solicitud en alguna de las Delegaciones, el tiempo puede ampliarse, por cuestiones de logística y traslado.

¿Cómo debo ingresar una solicitud de adhesión?
Debe ingresar el formato FF-SEMARNAT-034, marcando “Incorporación a un Plan de manejo registrado”
Las adhesiones deben ingresarse por separado, de modo que si solicita la incorporación o adhesión de 5 plantas a un mismo registro, deberá ingresar 5 trámites, a los cuales se le asignará un número de bitácora diferente, dado que cada planta tiene un Número de Registro Ambiental (NRA) diferente.

¿Se puede modificar un registro de plan de manejo ya existente?
Sí, para modificar un registro de plan de manejo otorgado deberá realizarse el trámite modificación a los registros y autorizaciones en materia de residuos peligrosos.

¿En qué caso se solicita un registro con aprobación de condiciones particulares de manejo?
Los generadores y los sujetos obligados a presentar plan de manejo de productos que al desecharse se convierten en residuos peligrosos, podrán solicitar en el registro del pan de manejo, condiciones particulares de manejo, como son las que corresponden al manejo integral de residuos (transporte, acopio, tratamiento), excepto la disposición final. Las condiciones particulares de manejo que apruebe la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el plan de manejo, tendrán efectos de autorización.

Consulta el Manifiesto de entrega, transporte y recepción de residuos peligrosos

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