Trámite SEMARNAT-07-015

Autorización para introducir al territorio nacional plaguicidas, nutrientes vegetales y sustancias y materiales tóxicos o peligrosos.

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales | 11 de noviembre de 2015

En qué casos se debe presentar la solicitud:
Cuando se pretenda introducir al territorio nacional plaguicidas, nutrientes vegetales, sustancias y materiales tóxicos o peligrosos, así como que el producto a importar se encuentre sujeto a regulación o cuota.

¿Qué es una regulación o restricción no arancelaria?
Tales medidas pueden consistir en permisos previos, autorizaciones, cupos, marcado del país de origen, certificaciones, salvaguardas, contingentes, cuotas compensatorias, normas oficiales y otros instrumentos que se consideran adecuados para el logro de la política comercial de un país. Dichas medidas están previstas en Acuerdos emitidos por diferentes dependencias del Gobierno Federal [Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, (SEMARNAT), Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), Secretaría de Economía (SE)].

La restricción no arancelaria por la que se requiere autorización de SEMARNAT para la importación de materiales peligrosos se fundamenta en los siguientes acuerdos:

  • Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de las Dependencias que integran la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas publicado el 12de abril de 2013 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y sus modificaciones publicadas el 19 de marzo de 2014.
  • Acuerdo que establece la clasificación y codificaciónde mercancíascuyaimportación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales publicado en el DOF el 19 de diciembre de 2012 y sus modificaciones publicadas el 19 de marzo de 2014.

Si la fracción arancelaria con la que pretende importar la mercancía se encuentra en alguno de los acuerdos citados,  la descripción de la mercancía coincide con la descripción de la fracción arancelaria o están contenida en alguno de los acuerdos, se requiere autorización de la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas (DGGIMAR) y deberá presentar los requisitos indicados en el art. 30 del Reglamento en Materia de Registros, Autorizaciones de Importación y Exportación y Certificados de Exportación de Plaguicidas, Nutrientes Vegetales y Sustancias y Materiales Tóxicos o Peligrosos. En caso de no presentar ninguna de las situaciones anteriores, no es necesario solicitar dicha autorización.  

¿Qué requisitos debo cumplir y qué documentos debo presentar para iniciar el trámite?
1.- Original del Formato de autorización para la importación de plaguicidas, nutrientes vegetales y sustancias y materiales tóxicos o peligrosos.
2.- Número, fecha y vigencia del permiso de importación expedido por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) o copia simple de dicho permiso.
3.- Original y copia de la póliza de seguro vigente que otorgue de manera expresa la cobertura suficiente para hacer frente a cualquier contingencia que ocurra durante la movilización del producto.
4.- Original y copia del recibo de pago de la póliza de seguro.
5.- Original del documento que contenga las medidas de prevención y atención para casos de emergencia y accidentes.
6.- Original del comprobante de pago de derechos productos o aprovechamientos.

¿Cómo acredito la personalidad?
Personas físicas;

1.- Original y copia de una identificación oficial vigente (credencial para votar-INE, pasaporte, cédula profesional o cartilla del servicio militar).
2.- Original de carta poder firmada ante dos testigos (en caso de representación).

Personas morales;
1.- Original y copia de una identificación oficial vigente (credencial para votar-INE, pasaporte, cédula profesional o cartilla del servicio militar) del representante legal.
2.- Original y copia del Acta Constitutiva de la empresa.
3.- Original y copia de poder notarial para representantes legales.

¿Cuál es el monto por el pago de derechos del trámite “Autorización para introducir al territorio nacional plaguicidas, nutrientes vegetales, sustancias y materiales tóxicos o peligrosos.”?

Para saber el monto del pago de derechos debes ingresar en la siguiente dirección:
http://www.gob.mx/tramites/ficha/autorizacion-para-introducir-al-territorio-nacional-plaguicidas-nutrientes-vegetales-y-sustancias-y-materiales-toxicos-o-peligrosos/SEMARNAT454

El pago se tiene que realizar en el formato para el pago de derechos en ventanilla en línea (e5cinco), utilizando la clave 400151. El monto de la cuota se actualiza semestralmente, por lo que hay que verificar el monto del pago de derechos previo a realizar el trámite ante la SEMARNAT.

¿Cuál es el plazo para obtener respuesta?
El plazo para resolver las solicitudes es de diez días hábiles, transcurrido este plazo se entenderá como negada.

Cuando el material se encuentre en alguno de los acuerdos que rigen los controles no arancelarios aplicados por SEMARNAT, se evaluará la solicitud para realizar la importación aun en el caso de que COFEPRIS le haya indicado al ciudadano que no es un material controlado.

Cuando este sea el caso DGGIMAR solicitará a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) ratifique por escrito que no tiene inconveniente en que se realice la importación de dicho material, cuando se solicite confirmación a COFEPRIS se esperará la respuesta o que se cumpla el plazo marcado por el Artículo 55 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que es de quince días hábiles a partir de la notificación, para dar respuesta a la solicitud.

Cuando suceda la situación referida en el párrafo anterior, el plazo se suspenderá en el momento que se solicite la confirmación a COFEPRIS y se reanudará cuando se reciba la respuesta o se cumpla el plazo estipulado.

Si la mercancía se encuentra dentro del Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales publicado el 19 de diciembre de 2012 y sus modificaciones publicadas el 19 de marzo de 2014, asimismo, si se encuentra dentro de los listado de la Ley federal para el control de sustancias químicas susceptibles de desvío para la fabricación de armas químicas.

La DGGIMAR solicitará por escrito a la Autoridad Nacional (Órgano auxiliar del Consejo de Seguridad Nacional, cuya finalidad es actuar como instancia de coordinación de las autoridades competentes y de enlace internacional para el cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado mexicano, en materia de no proliferación de armas químicas) que no tiene inconveniente en que se realice la importación de dicho material, se esperará la respuesta o que se cumpla el plazo marcado por el Artículo 55 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que es de quince días hábiles a partir de la notificación, para dar respuesta a la solicitud.

Cuando suceda la situación mencionada en el párrafo anterior, el plazo se suspenderá en el momento que se solicite la opinión de la Autoridad Nacional y se reanudará cuando se reciba la respuesta o se cumpla el plazo estipulado.

¿Qué debe contener la póliza de seguro?
El reglamento en materia de movimientos transfronterizos de materiales peligrosos establece que el interesado deberá proporcionar una póliza de seguro que otorgue cobertura suficiente para hacer frente a cualquier contingencia y al pago de daños y perjuicios que se pudieran causar durante el proceso de movilización de los materiales peligrosos en el territorio nacional , en este sentido una póliza de seguro de vehículo no cumple con dicho requisito ya que la responsabilidad queda limitada a un vehículo en particular y no al poseedor de la autorización.

Las pólizas de transporte están diseñadas para proteger a la empresa de pérdidas de mercancía y aunque suelen presentar el texto el concepto de contaminación, este se aplica a contaminación de la mercancía y no a la contaminación que la mercancía pudiera provocar, también suelen excluir las maniobras de carga y descarga, que son las actividades con mayor frecuencia de accidentes. Lo anterior significa que no se aceptan las pólizas de transporte a menos de que se especifique que cubren la contaminación causada por la mercancía e incluyen las maniobras de carga y descarga.

Para asegurar que la póliza de seguro estará vigente durante la duración de la autorización deberá:
1.- Ser no cancelable y estar completamente en español.
2.- Ser de reinstalación inmediata y sin límite de eventos.
3.- No debe presentar contradicciones, ya que la mayoría de las pólizas excluyen de manera automática los daños ambientales, posteriormente se les añade dicha cobertura, dependiendo de la redacción puede implicar una contradicción. No será modificable durante su vigencia.
4.- El recibo de pago deberá cumplir con los requisitos fiscales de facturación electrónica o indicar claramente que el pago se realizó.

En caso de pagos por parcialidades, la cobertura de la póliza se considerará válida por el periodo pagado.

¿Qué debe contener el documento sobre las medidas de atención de accidentes?
Se recomienda apegarse a los lineamientos del Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos, GHS, por el acrónimo de Global Harmonized System, el cual deberá ser en español e indicar los materiales o equipo que acompañaran al embarque.

Como elementos de ayuda se puede utilizar la información contenida en los siguientes recursos:
1. - The European Chemical Industry Council, Emergency Response Intervention Cards (ERIC).
2.- Guía de atención a accidentes publicada por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), conocido como libro naranja.

Deberán incluir el mecanismo de notificación a la empresa dueña del material autorizado en caso de accidente durante el transporte.

La guía de SCT será aceptada al igual que la tarjeta ERIC siempre y cuando se refieran al material que representa el mayor peligro durante el transporte.

En la elección de la guía de atención de emergencia se deberán considerar los componentes del producto cuando este sea una formulación, ya que la primera respuesta debe ser sobre el producto de mayor concentración o riesgo, en este caso la atención a las personas afectadas debe ser revisada, toda vez que lo plasmado en la guías puede no indicar el tratamiento adecuado.

La guía no debe hacer referencias a otros documentos, debe contener la información necesaria para atender una emergencia si necesidad de referirse a otro documento.

¿Es necesario realizar otro trámite para poder llevar a cabo el actual?
Si la mercancía a introducir al país se encuentra dentro del Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de las Dependencias que integran la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas, publicado el 12 de abril de 2013 en el DOF y sus modificaciones publicadas el 19 de marzo de 2014, se requiere obtener el permiso de COFEPRIS mediante el trámite COFEPRIS-01-021 en alguna de sus modalidades.

Si la mercancía se encuentra dentro del Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales publicado el 19 de diciembre de 2012 y sus modificaciones publicadas el 19 de marzo de 2014, se requiere obtener la asignación de cuota, de no ser el caso de encontrarse dentro de los listados del Protocolo de Montreal, no se requiere ningún trámite previo.

La solicitud de asignación de cuota se realiza ante la Unidad de Protección a la Capa de Ozono (UPO) de la SEMARNAT.

¿Cómo puedo consultar la situación del trámite de “Autorización para introducir al territorio nacional plaguicidas, nutrientes vegetales, sustancias y materiales tóxicos o peligrosos.”?
Solo se necesita el número de la bitácora que aparece en la constancia de recepción que te proporcionaron en el ECC al momento de entregar el trámite. Para saber la situación del trámite ingresa en la siguiente dirección electrónica:

http://www.semarnat.gob.mx/gobmx/transparencia/constramite.html

Dentro del portal, seleccionar la línea del trámite SEMARNAT-07-015; Autorización para introducir al territorio nacional plaguicidas, nutrientes vegetales y sustancias y materiales tóxicos o peligrosos, selecciona la entidad federativa, el año, mes de ingreso y da clic en Buscar.

¿Puedo solicitar prórroga para presentar información complementaria o faltante del trámite “Autorización para introducir al territorio nacional plaguicidas, nutrientes vegetales, sustancias y materiales tóxicos o peligrosos”?
No, El Reglamento en materia de registros, autorizaciones de importación y exportación y certificados de exportación de plaguicidas, nutrientes vegetales y sustancias y materiales tóxicos o peligrosos, establece que el plazo es de diez días hábiles improrrogables.

¿Cómo me será comunicado el resultado del trámite “Autorización para introducir al territorio nacional plaguicidas, nutrientes vegetales, sustancias y materiales tóxicos o peligrosos”?
Una vez resuelto por la unidad responsable, el ECC establecerá comunicación telefónica o por correo electrónico, con el promovente o gestor, para la entrega del oficio de respuesta.

Realización del trámite en Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana (VUCEM).
Al ingresar un trámite en VUCEM se aceptan condiciones que únicamente aplican a la Ventanilla, sobre las que SEMARNAT no tiene jurisdicción o capacidad de modificación.

Los requisitos para realizar el trámite en VUCEM se encuentran en el siguiente link:

https://www.ventanillaunica.gob.mx/vucem/TramitesyRequisitos/SEMARNAT/VUCEM031818

El Manual de usuario del trámite en VUCEM lo podrás encontrar en la siguiente dirección electrónica:

https://www.ventanillaunica.gob.mx/vucem/SobreVU/Descargas/VUCEM031817

Documentos


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