¿En dónde se debe presentar la solicitud del Trámite Unificado?
- Cuando la solicitud sea presentada por Dependencias de la Administración pública federal, estatal o municipal en el Espacio de Contacto Ciudadano de la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos.
- Cuando la solicitud sea presentada por una persona física o moral (particular) lo deberá presentar en el Espacio de Contacto Ciudadano de la Delegación Federal de la SEMARNAT correspondiente.
¿Se debe solicitar opinión al Consejo Estatal Forestal (CEF)?
- Sí. Se solicita opinión al CEF sobre la solicitud del trámite unificado el cual tiene 10 días hábiles para que la emita.
¿Se debe realizar visita técnica al o los predios objetos de la solicitud?
- Sí, se debe realizar la visita técnica para corroborar la información presentada en el Documento Técnico Unificado.
¿Se debe realizar el depósito al Fondo Forestal Mexicano (FFM) que se establece en el artículo 118 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable?
- Si se determina que es viable el proyecto, se solicitará el depósito al Fondo Forestal Mexicano por Concepto de Compensación Ambiental para destinarlo a realizar actividades de reforestación o restauración y su mantenimiento.