Trámite SEMARNAT-03-059

Información adicional al trámite SEMARNAT-03-059 Aviso de funcionamiento de carpinterías, madererías, centros de producción de muebles y otros no integrados a un centro de transformación primaria

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales | 31 de mayo de 2016

¿Qué se otorga y en qué tiempo para el funcionamiento de carpinterías, madererías, mueblerías y otros no integrados a un centro de transformación primaria?
La SEMARNAT asignará código de identificación para el funcionamiento de los centros, dentro de los diez días hábiles siguientes a la presentación del aviso (Artículo 118 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable).

¿Cuáles son las unidades de medida de las materias primas forestales, productos y subproductos?
Las mediciones de las materias primas forestales, sus productos y subproductos, deberán hacerse con el Sistema General de Unidades de Medidas. En caso de madera en escuadría se deberán realizar a su dimensión total (Artículo 5 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable).

¿Qué pasa con los originales o copias certificadas de instrumentos jurídicos y actas de asamblea que son presentados ante la Secretaría?
Los originales o copias certificadas de instrumentos jurídicos y actas de asamblea que sean presentados ante la Secretaría para el trámite de autorizaciones y avisos a que hace referencia en el Reglamento, una vez cotejados, quedarán a disposición de los interesados en la oficina en que se haya realizado el trámite para su devolución (Artículo 4 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable).

¿Qué pasa con los datos recabados de la solicitud?
Los datos personales recabados para la atención de su trámite serán protegidos y serán incorporados y tratados en el Sistema Nacional de Trámites de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 4, fracción II, inciso a) del Acuerdo por el que se crea y establecen las bases de funcionamiento del Sistema Nacional de Trámites de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de junio de 2005. Lo anterior se informa en cumplimiento del Decimoséptimo de los Lineamientos de Protección de Datos Personales, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2005.

¿Cuáles son los medios para las notificaciones referentes al trámite?
El particular puede especificar en su solicitud si desea que las notificaciones referentes a su trámite le sean hechas mediante correo electrónico (en su caso deberá incluir su correo), mediante correo certificado con acuse de recibo (deberá incluir el porte pagado) o de forma personal (Artículo 167 BIS de la LGEEPA y Art. 35 de la LFPA).

¿Cuál es el plazo máximo de resolución del trámite?
10 (diez) días hábiles.

¿Cuáles son los medios de contacto?
Correo electrónico: contacto.ciudadano@semarnat.gob.mx
Teléfono: 01 800 0000 247

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