Trámite SEMARNAT-03-008-A

Información adicional al trámite SEMARNAT-03-008 Autorización para realizar plantaciones forestales comerciales. Modalidad A.- En terrenos preferentemente forestales en superficies mayores a 800 hectáreas.

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales | 26 de febrero de 2016

¿Cuándo el titular debe presentar un nuevo aviso de plantación forestal comercial?
Cuando el cultivo de una plantación forestal comercial se integre o pretenda integrarse a una unidad de producción mayor, el propietario o poseedor de la plantación deberá presentar un nuevo aviso de forestación comercial o solicitud de autorización (artículo 95 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable).

¿ Quién debe estar a cargo de la plantación forestal comercial?
El manejo de la plantación forestal comercial deberá estar a cargo de los titulares de la plantación. En el caso de que éste decida contratar a un prestador de servicios técnicos forestales, dicho prestador será responsable solidario con el titular (artículo 96 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable).

¿Cuál es el plazo máximo de resolución del trámite?
30 (treinta) días hábiles.

¿Cuáles son los medios de contacto?
Correo electrónico: contacto.ciudadano@semarnat.gob.mx
Teléfono: 01800 0000247 opción 5.

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