De acuerdo con el artículo 2 de la Convención contra la Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), se trata del arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado, o de personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley.

En otras palabras, la desaparición forzada es un arresto, secuestro, detención, o cualquier otra forma de privación de la libertad no reconocida y realizada por agentes del Estado, es decir, hecha por servidoras o servidores públicos, o bien, por personas o grupos que actúen con la autorización, el apoyo o la aprobación del Estado. La desaparición forzada se caracteriza por la negación de las autoridades a reconocer dicha privación de la libertad y por la ocultación de información sobre la suerte o el paradero de la persona desaparecida, evitando así que la víctima pueda ser protegida por las leyes.

¿Qué derechos humanos viola una desaparición forzada?

Una desaparición forzada viola un conjunto de derechos humanos, tanto civiles y políticos, como económicos, sociales y culturales, entre otros2:

• Derecho a la libertad y seguridad de la persona

• Derecho a no ser sometido a torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes

• Derecho a la verdad, particularmente a conocer la verdad sobre las circunstancias de la desaparición

• Derecho a la protección y a la asistencia a la familia

• Derecho a un nivel de vida adecuado

• Derecho a la salud

• Derecho a la educación

• Derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica

• Derecho a la vida, en caso de muerte de la persona desaparecida

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