¿Qué es un permisionario?

Persona física o moral a quien la Secretaría otorga un permiso para llevar a cabo alguna actividad en materia de juegos con apuestas y sorteos permitida por la Ley Federal de Juegos y Sorteos, y el Reglamento.

¿Para qué sirve este trámite?

Para cumplir con la obligación estipulada en el Artículo 29 Fracción VI del Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos.

¿Quién debe realizar el trámite?

El permisionario.

¿En qué casos debo informar sobre el pago de participaciones?

Los permisionarios deben presentar el trámite en los siguientes casos:

  • Para la organización de juegos con cruce de apuestas en hipódromos, galgódromos, frontones.
  • Para la operación de centros de apuestas remotas y salas de sorteos de números o símbolos.

¿Qué pasa si no entrego los reportes?

Recuerda que es una obligación, por lo que si no presentas los reportes en los términos establecidos, la autoridad te requerirá la presentación de los mismos.

¿Cuándo debo presentar este trámite?

Mensualmente.

¿Qué documentos debo presentar para este trámite?

  • Informe de los ingresos y del pago de las participaciones -del mes inmediato anterior- correspondientes al erario federal.
  • Reporte por separado -en el caso de los hipódromos, galgódromos o frontones-, para informar sobre los espectáculos en vivo que se hayan celebrado en las instalaciones autorizadas y las actividades de fomento realizadas.
  • Escrito libre, documento dirigido a la Dirección General de Juegos y Sorteos de la Secretaría de Gobernación, que debe incluir como mínimo: Razón Social y nombre del representante legal promovente, domicilio fiscal, mención del asunto al que corresponde, firma por representante legal o director general de la empresa, en original.

¿En dónde realizo el trámite?

En la ventanilla de Oficialía de Partes de la Dirección General de Juegos y Sorteos.

Se puede solicitar información adicional en el Centro de Atención a Usuarios, en horario de 9:00 a 16:00 hrs. (Tel. 5209 8800 Ext. 13000, 13048, 13070).