¿Eres una asociación religiosa que va a internar a territorio nacional ministros de culto y/o asociados religiosos de origen extranjero y deseas que exenten algunos requisitos para obtener ante el consulado su visa de residente temporal o de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas? Solicita la anuencia u opinión favorable a la Dirección General de Asociaciones Religiosas de la Secretaría de Gobernación (SEGOB).

¿Cuándo se debe realizar?

Cuando una Asociación Religiosa desea internar a nuestro país a ministros de culto y/o asociados religiosos para realizar actividades religiosas en territorio mexicano.

¿Quién lo debe solicitar?

La persona representante y/o apoderada legal de la asociación religiosa debidamente constituida ante esta Dependencia.

¿Cuál es la vigencia del trámite?

Este trámite mantiene una vigencia de 40 días naturales.

¿Dónde se puede realizar?

Para realizar el trámite o recibir mayor información llama o acude al espacio de Contacto Ciudadano de la Dirección General de Asociaciones Religiosas, ubicado en Londres No. 102, Piso 4, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06600 de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, teléfono (0155) 5128-0000 ext. 36924 y 36925.

Si tienes dudas o algún problema con la información o gestión del trámite, comunícate a la Subdirección de Atención a Asociaciones Religiosas, al teléfono: (55) 5128-0000 ext. 36891 o envía un correo electrónico a: dgar@segob.gob.mx.

¿Cuáles son los requisitos?

Solicitud en escrito libre en hoja con membrete de la asociación religiosa, dirigido al Director General de Asociaciones Religiosas, que incluya:

  • Denominación de la asociación religiosa solicitante.
  • Número de registro constitutivo como asociación religiosa ante la Secretaría de Gobernación.
  • Nombre de la persona extranjera interesada con la mención de si es persona ministra de culto o asociada religiosa.
  • Tipo de Visa a solicitar ante la oficina Consular de México en el extranjero.
  • Tiempo que permanecerá en territorio nacional.
  • Indicar el consulado mexicano en el que se documentará.
  • Descripción detallada de las actividades a realizar.
  • Lugar específico donde desarrollará sus actividades.
  • Domicilio particular del extranjero en territorio nacional.
  • Manifestación expresa de la asociación religiosa solicitante en el sentido de que se responsabiliza de la estancia legal, moral y económica de la persona extranjera, durante su permanencia en el país.

¿Cuáles son los documentos que debe anexar?

  • Presentar original de carta de antecedentes religiosos, apostillada o legalizada que acredite el carácter religioso de la persona extranjera del país de donde proviene.
  • Copia de pasaporte.

¿Cuál es el costo?

Estos trámites son gratuitos.

No le pueden exigir pago alguno para realizar el trámite. En caso contrario, por favor denúncielo.

Quejas y sugerencias de servicios.

En el espacio de Contacto Ciudadano está disponible un buzón y papeletas para expresar con toda libertad su inconformidad o comentario. Vía telefónica: 01 (55) 5128-0000 ext. 36889. Vía internet al correo electrónico: dgar@segob.gob.mx.