1. Normatividad aplicable al trámite.

  • Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.
  • Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
  • Disposiciones giradas por la propia Secretaría.

2. Requisitos.

  • Solicitud mediante escrito libre de modificación a su permiso ordinario de importación y/o exportación expedido por esta Secretaría.
  • Deberá solicitar la modificación del referido permiso por lo que respecta a ampliación de vigencia, incrementar casas proveedoras o aduanas de entrada o salida del país.
  • En lo consecuente con los Permisos Extraordinarios, deberá solicitar la modificación del referido permiso por única ocasión y únicamente por lo que respecta incrementar casas proveedoras o aduanas de entrada o salida del país, sin modificar las cantidades autorizadas previamente en el permiso.
  • Copia del permiso ordinario o extraordinario.

¿Cuál es el costo de este trámite?

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Plazo Máximo de resolución: De 30 a 60 días hábiles.
Aplica positiva o negativa ficta: No aplica.
Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.

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