Dirección General del Registro de Armas de Fuego y Control de Explosivos

¿Cómo puedo solicitar un Cambio de la persona propietaria del arma de fuego en sus diferentes modalidades?
PASO 1. Reúne todos los requisitos.
PASO 2. Preséntate en el módulo de Registro de Armas más cercano a tu domicilio.

¿Qué documentos necesito y cuáles deben ser sus características?

Persona a quien se le cederá los derechos del arma:
1.    Original y copia de identificación oficial vigente con fotografía.
2.    Fotocopia del comprobante de domicilio.
3.    Fotocopia de la Clave Única de Registro de Población.
4.    Acta de defunción y acta de matrimonio “esposa, esposo” o acta de nacimiento “Hijas, Hijos”, (solo para cambio de la persona propietaria por defunción).
5.    Para trámite con armas largas es necesario pertenecer a un club cinegético y presentar original y copia fotostática de la credencial de afiliación o en caso de ser ejidataria o ejidatario, comunera o comunero, jornalera o jornalero con documento que ampare ésta condición (solo para civil o personal militar de tropa o equivalente en la Fuerza Aérea Mexicana Y Armada de México).
6.    Para Personal militar en activo o retiro apegarse a las disposiciones vigentes.

Personal que cede los derechos del arma.
1.    Presentar el arma descargada en su estuche o funda. 
2.    Original o copia certificada de la hoja de manifestación del arma de fuego.
3.    Identificación oficial vigente con fotografía.

Quien desempeñe el cargo de representante legal (únicamente para personas morales).
1.    Presentar el arma descargada en su estuche o funda.
2.    Original o copia certificada de la hoja de manifestación del arma de fuego.
3.    Identificación oficial vigente con fotografía.
4.    Presentar un poder notarial (para cambio de manifestante de portación de un arma de fuego).
5.    Copia de la identificación oficial con fotografía, Clave Única de Registro de Población y comprobante de domicilio, el nuevo portador o portadora del arma de fuego.

¿Qué procedimiento debo seguir?
1.    El personal interesado deberán presentarse en el módulo del Registro de Armas de la Zona Militar más cercana a su domicilio o directamente en el módulo ubicado en el Centro de Atención Social para Militares Retirados parte posterior del estacionamiento “Local No. 14” de la Plaza SEDENA, Av. Industria Militar No. 1052, Colonia Lomas de Sotelo, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11200, Ciudad de México, para realizar el trámite correspondiente, mismo que deberán firmar y poner su huella digital (la o el nuevo propietario) en el formato correspondiente.
2.    Entregar el original del pago efectuado en ventanilla ante cualquier institución bancaria mediante la forma e5cinco de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico asentando la clave de referencia 034001132 y Cadena de la Dependencia 00275110000000, con el sello o certificación del banco (nuevo propietaria o propietario).

¿Cuál es el costo de este trámite?
El costo es de $110.00 por cada arma de fuego.

¿Dónde puedo realizar el trámite?
El personal interesado deberán presentarse en el módulo del Registro de Armas de la Zona Militar más cercana a su domicilio o directamente en el módulo ubicado en el Centro de Atención Social para Militares Retirados parte posterior del estacionamiento “Local No. 14” de la Plaza SEDENA, Av. Industria Militar No. 1052, Colonia Lomas de Sotelo, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11200, Ciudad de México.

¿Es necesario rellenar algún formato?
Si, se llena el formato para realizar el pago mediante el formato e5cinco, disponible aquí.

¿Existe un contacto para la orientación o pedir informes?
Al teléfono 01(55) 56 26 59 11 extensión 5722.

¿En cuánto tiempo obtengo una respuesta de resolución a este trámite?
En 10 minutos.

¿Qué información necesito para rellenar el formato que me solicitan?
Datos generales de la persona interesada como nombre completo, Clave Única de Registro de Población y Registro Federal de Contribuyentes.

¿Es necesario solicitar una cita?
No, debido a que el trámite se resuelve en 10 minutos.

¿Qué pasaría si no realizo este trámite?
No tendrías un documento legal que avale la venta o enajenación del armamento, y a su vez no tendrías un comprobante de la baja del arma de fuego.

¿Es necesario realizar otro trámite para poder llevar a cabo el actual?
No.