1. Normatividad aplicable al trámite.
- Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.
- Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
- Disposiciones giradas por la propia Secretaría.
2. Requisitos.
- Solicitud de la persona interesada en la que se especifique la cantidad de armas a trasladar, así como el domicilio de las sucursales de origen y de destino.
- Copias de los folios de manifestación de las armas que desea trasladar.
- Modelo número cuatro que indique el domicilio destino y origen de las sucursales, respaldado en archivo electrónico (formato excel).
Solicitud en formato electrónico.
¿Cuál es el costo de este trámite?
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Plazo Máximo de resolución: De 15 a 20 días hábiles.
Aplica positiva o negativa ficta: No aplica.
Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.
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