1. Normatividad aplicable al trámite.
- Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.
- Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
- Disposiciones giradas por la propia Secretaría.
2. Requisitos.
- Solicitud para la inclusión del armamento, firmada por quien sea titular de la Licencia Oficial Colectiva, anexando la siguiente documentación:
- Original de los folios de manifestación “C” y “D” del armamento que desea incluir en la Licencia Oficial Colectiva.
- Original y cuatro copias del modelo número cuatro (altas y bajas) se anexa formato, indicando el nombre de la persona a la que se asignará el armamento, manifestando la distribución por municipios, así como un disco compacto respaldando la información del modelo en archivo electrónico.
- Para el caso del armamento automático, remitirá relación del personal evaluado en los exámenes de control de confianza y copia de la constancia de adiestramiento expedido por el centro de adiestramiento.
- Copia de la nota de envío expedida por la Dirección de Comercialización de Armamento y Municiones.
- Copia del acta de entrega y recepción del armamento.
Escrito libre.
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Plazo Máximo de resolución: De15 a 20 días hábiles.
Aplica positiva o negativa ficta: No aplica.
Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.
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