1. Normatividad aplicable al trámite.

  • Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.

  • Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.

  • Disposiciones giradas por la propia Secretaría.

2. Requisitos.

  • Solicitud para la inclusión del armamento, firmada por quien sea titular de la Licencia Oficial Colectiva, anexando la siguiente documentación:
  • Original de los folios de manifestación “C” y “D” del armamento que desea incluir en la Licencia Oficial Colectiva.
  • Original y cuatro copias del modelo número cuatro (altas y bajas) se anexa formato, indicando el nombre de la persona a la que se asignará el armamento, manifestando la distribución por municipios, así como un disco compacto respaldando la información del modelo en archivo electrónico.
  • Para el caso del armamento automático, remitirá relación del personal evaluado en los exámenes de control de confianza y copia de la constancia de adiestramiento expedido por el centro de adiestramiento.
  • Copia de la nota de envío expedida por la Dirección de Comercialización de Armamento y Municiones.
  • Copia del acta de entrega y recepción del armamento.

 

 Escrito libre.
 

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Plazo Máximo de resolución: De15 a 20 días hábiles.

Aplica positiva o negativa ficta: No aplica.

Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.

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