1. Normatividad aplicable al trámite.

  • Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.
  • Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
  • Disposiciones giradas por la propia Secretaría.

2. Requisitos.

  • Escrito libre firmado por el titular del permiso general en el cual designa a una persona como su representante legal.
  • Copia certificada del poder notarial, para realizar trámites administrativos que origina el permiso general; pero no para realizar eventos de quema de artificios pirotécnicos, ni actividades comerciales que solamente el titular del permiso general debe realizar.
  • Copia certificada ante notario público de la revocación del poder al anterior representante o apoderado legal.
  • Copia simple de la revalidación vigente del permiso general.

Escrito libre.

Sin costo.

Plazo Máximo de resolución:35 días hábiles.

Aplica positiva o negativa ficta: No aplica.

Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.

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