• Los padecimientos con afecciones en la piel y sus anexos y mucosas, rebeldes a tratamiento, crónicos o incurables y de cualquier etiología que imposibiliten el desempeño de sus actividades militares.
  • Las dermatosis antiestéticas, por encontrarse en parte visible, tales como trastornos de pigmentación que abarque el 30% o más de superficie corporal, cicatrices queloides retráctiles y nevos externos (lunares).
  • Las dermatosis de tipo infectocontagioso que no sanen aún después de tratamiento.
  • Los aspirantes no deberán presentar tatuajes, ni perforaciones (con conducto permeable) en cualquier parte del cuerpo (conforme a los requisitos exigidos en el Reglamento de Reclutamiento de Personal para el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en vigor).
  • Al personal femenino únicamente se le autorizan dos perforaciones en cada lóbulo auricular.


Regresar a motivos de exclusión.