Derivado de la reforma a la Ley de Inversión Extranjera y a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 2011, la atribución para autorizar el uso o cambio de denominación o razón social de las personas morales en México corresponde a la Secretaría de Economía a partir del 16 de junio de 2012.

Conscientes del impacto que tienen las empresas en el crecimiento del país, atendiendo las necesidades de los ciudadanos emprendedores y la celeridad que requiere el comercio, se implementó una plataforma mediante la cual:

  • El ciudadano emprendedor solicita una denominación o razón social,
  • Elige a un fedatario público con quien completa, y
  • Formaliza los actos jurídicos necesarios para dar nacimiento de su empresa.

El servicio se ofrece en línea y con validez jurídica, el ciudadano con FIEL solicita directamente el trámite, o bien, si no cuenta con FIEL acude con Notario o Corredor Público.

El proceso de constitución de las empresas inicia:

  • En un solo sitio electrónico.
  • Con un solo formato.
  • Bajo la interacción única del Fedatario Público.
  • Sin el cobro de derechos.
  • Sin capital mínimo.

Los Fedatarios Públicos aparte del trámite anterior, podrán dar Avisos de Uso y Avisos de Liberación de conformidad con lo establecido por el Reglamento para la Autorización de uso de Denominaciones y Razones Sociales.

La Secretaría de Economía pone a su disposición una Mesa de Ayuda para brindar asistencia remota a fin de que puedan resolverse sus dudas sobre los trámites mencionados. Este servicio estará disponible los días hábiles, de lunes a viernes, de las 09:00 a las 18:00 horas, a través de los siguientes mecanismos: