La Secretaría de Salud a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), comenzó en dos entidades federativas (Guanajuato y Jalisco), las inspecciones a las compañías distribuidoras de alcohol etílico para verificar el cumplimiento del Acuerdo del Consejo de Salubridad General que establece medidas de control y trazabilidad para la venta y producción del etanol.

 

En el primer operativo sanitario realizado tras la entrada en vigor del Acuerdo, la COFEPRIS aseguró 29,000 litros de alcohol etílico en la distribuidora “Alcoholera del Centro S.A. de C.V.”, ubicada en la ciudad de Irapuato, Guanajuato, debido a que no acreditó cumplir con el control y registro de la producción y venta de esta sustancia tóxica que se llega a utilizar en el mercado ilegal para adulterar bebidas alcohólicas.

 

Es decir, la distribuidora no mostró a los verificadores federales los mecanismos de trazabilidad del alcohol etílico a los que está obligada, por lo que se procedió al aseguramiento del producto y se recopilaron datos de los clientes y proveedores para realizar inspecciones adicionales.

 

En Jalisco, la COFEPRIS visitó la “Comercializadora Jiquilpan, S.A de C.V”, donde se observó que cuentan con registro actualizado de producción y venta de alcohol etílico; sin embargo, la vigilancia se extenderá a proveedores y clientes.

 

El Acuerdo del Consejo de Salubridad General en materia de alcohol se publicó en el Diario Oficial de la Federal el pasado 6 de enero y su objetivo principal es reducir el desvío de alcohol etílico al mercado ilegal, donde se utiliza para adulterar bebidas alcohólicas y prevenir riesgos a la salud humana, dijo el Comisionado Federal, Mikel Arriola, al advertir que se extenderán las inspecciones a otros estados de la República.

 

La reducción del impacto del alcohol ilícito en la salud es una de las medidas recomendadas por la OMS, ya que se ha comprobado que el consumo de bebidas adulteradas con estas sustancias tóxicas puede provocar desde dolor de cabeza, vómito, irritación de membranas mucosas, hasta daños al sistema nervioso central, hígado, riñones y ceguera.

 

El Acuerdo precisa que si bien el etanol y el alcohol etílico se usan como materiales de curación por sus características antisépticas y germicidas, su poder adictivo y su toxicidad puede convertirlos en un riesgo a la salud, por lo que es indispensable regular el volumen y lugares de venta al público en general.

 

Con estas nuevas disposiciones queda prohibida la venta a granel al consumidor final de cualquier tipo de alcohol etílico, sea éste desnaturalizado o sin desnaturalizar, así como el metanol. Solamente podrá venderse, suministrarse, distribuirse, comercializarse o expenderse etanol pre-envasado.

 

La venta en farmacias, boticas o droguerías de alcohol etílico desnaturalizado será exclusiva para el consumidor final sólo en presentaciones no mayores a un litro, en tanto que para uso de esta sustancia en las unidades de atención médica sólo podrá enajenarse o comercializarse en presentaciones mayores a 1 litro y no mayores a 20 litros.