Certificados de Defunción y de Muerte Fetal

Los Certificados de Defunción y Muerte Fetal son los documentos oficiales para certificar las muertes en nuestro país. Son expedidos por profesionales de la medicina o personas autorizadas por la autoridad sanitaria, una vez comprobado el fallecimiento y determinadas sus causas.

Secretaría de Salud | 30 de septiembre de 2015

La expedición de los Certificados de Defunción y Muerte Fetal (pérdida de la vida de un producto de la concepción antes de la expulsión o extracción completa del cuerpo de su madre, independientemente de la duración del embarazo), es requisito indispensable para obtener el Acta de Defunción ante el Registro Civil. Permite a las autoridades del Sistema Nacional de Salud, a los investigadores y a los responsables de programas de salud conocer los daños a la salud de la población. Informa sobre los resultados de programas preventivos, apoya la evaluación y la planeación de los servicios de salud. 

La mortalidad cobra gran relevancia cuando es posible conocer con mayor detalle las causas que desencadenaron el proceso que llevó a la muerte y los factores personales y ambientales que contribuyeron. Constituye la fuente primaria para la elaboración de las estadísticas de mortalidad, las cuales, además de las causas, recogen otras variables sociodemográficas como la edad, el sexo, el lugar de residencia y ocurrencia de las defunciones que tienen gran importancia en el análisis de la mortalidad.

El procedimiento para obtener el Certificado de Defunción o de Muerte Fetal consiste en solicitarlo con el médico que atendió al occiso durante su última enfermedad. Se solicita en la Clínica o Centro de Salud u Hospital o con otro médico. Sólo en el caso de que no se encuentre un médico que certifique la defunción se debe acudir con la autoridad competente (presidente municipal, comisariado ejidal, etc.). Si el fallecimiento fue por accidente o violencia se deberá dar aviso al ministerio público. Es muy importante revisar que todos los datos del certificado de defunción estén correctos, legibles y que coincidan con la identificación oficial del fallecido. El Certificado de Defunción o de Muerte Fetal debe entregarse en original y dos copias. Una vez que se obtiene es necesario acudir en la Oficina del Registro Civil, donde se canjeará por el Acta de Defunción, que es el documento legal necesario para tramitar inhumación, incineración, cobro de seguros y pensiones, entre otros. 

  • Flyer- Correcto llenado del Certificado de Defunción


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