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Información en cumplimiento a la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia

Aviso: La siguiente información no tiene ninguna relación con las reclamaciones que se desahogan en Profeco.

Procuraduría Federal del Consumidor | 15 de junio de 2016

Una Sociedad de Información Crediticia reúne, estandariza y vende información de los historiales de crédito de personas que alguna vez han solicitado y obtenido tarjeta de crédito comercial, tarjeta bancaria u otro tipo de préstamo o servicio. Estas sociedades también son conocidas como “Buró de Crédito”.

Las tiendas departamentales y de autoservicios, prestadores de servicios de telefonía y prestadores de servicios de transmisión de televisión de paga, entre otras, son quienes envían dicha información, ya que son las que realizan operaciones de crédito relacionadas con la venta de sus productos o la prestación de servicios.

Cuando una persona física o moral "cliente” no está conforme con la información contenida en la base de datos de alguna Sociedad de Información Crediticia, puede presentar su reclamación ante la propia sociedad. Las reclamaciones que Profeco publica en este apartado no tienen relación alguna con las reclamaciones a que se refiere el artículo 99 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

En cumplimiento con el artículo 50 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, Profeco da a conocer el número de reclamaciones presentadas ante las Sociedades de Información Crediticia, haz clic aquí.

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La legalidad, veracidad y la calidad de la información es estricta responsabilidad de la dependencia, entidad o empresa productiva del Estado que la proporcionó en virtud de sus atribuciones y/o facultades normativas.