Se devolverá el total de depósitos constituidos a favor del militar a las y los beneficiarios designados en la hoja de trabajo por el o la militar fallecido.
“En el caso que se haya hecho uso del crédito hipotecario otorgado a cargo del Fondo de la Vivienda Militar antes del 20 de noviembre del 2008, se le retiene el 40% del 5% de las aportaciones para amortizar la deuda del crédito hipotecario; y quien haya ejercido su crédito hipotecario a partir del 20 de noviembre del 2008 se le retendrá el 100% de las aportaciones, para el mismo caso.”
Los Derechos de los miembros de las Fuerzas Armadas titulares de depósitos constituidos en el FOVIMI o de sus causahabientes o beneficiarios, prescribirá en un plazo de 5 años.