De conformidad con el monto total autorizado al PFTPG en el Presupuesto de Egresos de la Federación vigente y con la suficiencia presupuestaria; los recursos disponibles para los proyectos validados se distribuirán para cada una de las Modalidades considerando:
- Hasta el 55% en la Modalidad I
- Al menos el 20% en la Modalidad II
- Al menos el 25% en la Modalidad III
El monto al que pueden acceder las Instancias de acuerdo a la Modalidad en la que participen se publica para su consulta y tiene el carácter de subsidio por lo que de conformidad con el Artículo 10 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFRH) mantiene su naturaleza jurídica de recurso público federal, por lo tanto, debe ejercerse observando las leyes, reglamentos y demás normatividad federal aplicable, sujetándose a los criterios de objetividad, equidad, transparencia publicidad, selectividad y temporalidad, reduciendo al mínimo indispensable los gastos administrativos y de operación de los proyectos.