(Fuente: Secretaría de Relaciones Exteriores: http://www.gob.mx/sre/prensa/posicion-de-mexico-en-la-22-conferencia-de-las-partes-de-la-convencion-marco-de-las-naciones-unidas-sobre-el-cambio-climatico)

 


En la COP22 / CMA 1 se adoptará el marco para la implementación del Acuerdo de París. Se espera la profundización de las disposiciones del Acuerdo en virtud de su entrada en vigor el 4 de noviembre de 2016, antes de lo originalmente previsto.

 

México se congratula de la entrada en vigor adelantada del Acuerdo de París. Que esto suceda cuatro años antes de lo esperado, subraya la decidida voluntad que la comunidad internacional ha mostrado para enfrentar esta problemática que nos afecta a todos y cuya atención es urgente.

Las negociaciones se centrarán en la ejecución de lo acordado en el Acuerdo de Paris. Se definirán criterios para fortalecer el esquema de transparencia (Artículo 13) y establecer varios mecanismos, entre ellos de mitigación (Artículo 6), adaptación (Art. 7), evaluación periódica (Artículo 14), cumplimiento (Artículo 15) y para afrontar las pérdidas y daños, conforme al Mecanismo Internacional de Varsovia (Artículo 8).

México participa en las negociaciones multilaterales de cambio climático con el objetivo de impulsar una economía global competitiva, no discriminatoria, sustentable, incluyente, baja en carbono.

En particular se busca disminuir la vulnerabilidad de la población y de los sectores productivos, preservar los ecosistemas y reducir los gases de efecto invernadero y contaminantes climáticos de vida corta. Lo anterior, atendiendo de manera prioritaria a los sectores de mayor emisión como los de transporte, generación de energía eléctrica, industria, petróleo y gas, agropecuario, y residuos.

Asimismo, se busca fortalecer la cooperación internacional para la protección de los bosques, dada su relevancia tanto para la adaptación como para la mitigación al cambio climático.

Para México, como país altamente vulnerable ante los efectos del cambio climático, la entrada en vigor del Acuerdo de Paris es de suma importancia ya que refuerza el marco legal e institucional que en los últimos años nuestro país ha implementado para atender el tema y transitar a una economía baja en carbono.

Dicho marco comprende la Ley General de Cambio Climático y los instrumentos que de ella se derivan, la Reforma energética y, muy particularmente, la Ley de Transición Energética.

La transición a una economía baja en carbono es responsabilidad de todos los países, desarrollados y en desarrollo, así como de todos los actores tanto gubernamentales (federación, estados, municipios, poder legislativo), como no gubernamentales (sector privado, academia y sociedad civil).

Para ello, México busca lograr:

a) un marco tecnológico renovado que permita acelerar la innovación y transferencia de tecnologías climáticas para la mitigación y la adaptación ante el cambio climático;

b) un marco de transparencia que facilite la evaluación del cumplimiento de la Contribución Prevista y Determinada a Nivel Nacional (NDC, por sus siglas en inglés) de cada país y del avance global hacia la meta de 1.5ºC;

c) el cumplimiento de los compromisos de los países desarrollados en materia de financiamiento, transferencia de tecnología y apoyo a la formación de capacidades. En este contexto, México buscará que las decisiones no impongan costos innecesarios a nuestro país (por ejemplo en materia de periodicidad y contenido requerido) ni a los países menos desarrollados;

México presentó el 27 de marzo de 2015 su NDC, convirtiéndose en el primer país en desarrollo en hacerlo y el primero en incluir compromisos en materia de adaptación.

Esta contribución se elaboró con la participación de la sociedad civil, integrando el enfoque de género y de derechos humanos como tema transversal para el caso de adaptación.

El 21 de septiembre de 2016 México ratificó el Acuerdo de París y refrendó su NDC. Asimismo se formuló una declaración interpretativa conforme a la cual se considera que los gases de efecto invernadero (GEI) incluyen otros forzadores del clima como son los Contaminantes Climáticos de Vida Corta, descritos en el V informe del IPCC.

La NDC de México contiene dos componentes: uno de mitigación y otro de adaptación al cambio climático; con medidas condicionadas y no condicionadas a recursos internacionales y transferencia de tecnología.

Compromiso de mitigación no condicionado. Reducir el 22% de sus emisiones de GEI y 51% de Contaminantes Climáticos de Vida Corta, en particular Carbono Negro, bajo una línea base al año 2030.

Compromiso de mitigación condicionado. El compromiso se podrá incrementar hasta un 36% de reducción de GEI y 70% de Carbono Negro de manera condicionada, sujeto a la adopción de un acuerdo global que incluya temas como un precio al carbono internacional, ajustes a aranceles por contenido de carbono y cooperación financiera y técnica.

Compromisos de adaptación al cambio climático. Se establecen como metas relevantes: fortalecer la capacidad adaptativa de al menos 50% de los municipios más vulnerables del territorio nacional; establecer sistemas de alerta temprana y gestión de riesgo en todos los órdenes de gobierno; impulsar la adaptación basada en ecosistemas (AbE), para alcanzar una tasa cero de deforestación en 2030.

Posición General

● En la elaboración de los criterios de implementación México mantendrá el Principio de Responsabilidades Comunes pero Diferenciadas y Capacidades Respectivas (CBDR/RC, por sus siglas en inglés), a la luz de las diversas circunstancias nacionales, entendido en términos de la participación imprescindible de todos los países de la CMNUCC.

● Asimismo, se apoyará que el desarrollo normativo se base en las instituciones y los arreglos existentes, los cuales deberán fortalecerse y mejorarse. La creación de nuevas instituciones deberá ser excepcional y únicamente cuando se justifique. Por ejemplo, el nuevo mecanismo para facilitar la aplicación y promover el cumplimiento del Acuerdo de París (Artículo 15).

● Los estándares y lineamientos de implementación que se adopten deberán definirse de acuerdo a los conocimientos científicos más recientes, particularmente en los reportes más recientes del Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC por sus siglas en inglés).

● Se promoverá la integración explícita de la perspectiva de género y de derechos humanos en el régimen climático multilateral y se seguirá impulsando y velando por que éstas sean tomadas en cuenta en las medidas nacionales para hacer frente al cambio climático.

● Se impulsará una participación incluyente conforme a la cual la transición a una economía baja en carbono es responsabilidad de todos los países, desarrollados y en desarrollo, así como de todos los actores: gobiernos federales, gobiernos estatales (subnacionales), poder legislativo, sector privado, academia y organizaciones de la sociedad civil.

● Se fomentará la reducción de las desigualdades sociales y la erradicación de la pobreza mediante el impulso y financiamiento de programas que garanticen el acceso de todos a los derechos sociales. La incorporación de esta perspectiva permitirá mitigar la vulnerabilidad generada por el cambio climático.

● Se buscará instar a los otros foros multilaterales (Organización de la Aviación Civil Internacional, Organización Marítima Internacional, Protocolo de Montreal, CCAC, CBD, UNCCD, etc.) con incidencia en el cambio climático a que adopten medidas consistentes con el objeto y fin del Acuerdo de Paris y se tienda a lograr la meta ambiciosa de 1.5°C.

● Se promoverán sinergias con la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, particularmente el Objetivo N° 13 relativo a las medidas urgentes para combatir el cambio climático. El Gobierno de México espera que la COP 22 consolide la activa participación de todas las Partes para iniciar la fase de implementación del Acuerdo de París, particularmente en los que se refiere al desarrollo de reglas claras que ayuden al cumplimiento de sus objetivos.

Mitigación

● Dada la interrelación de la pérdida de la biodiversidad, el deterioro de los ecosistemas y el cambio climático, se resaltará la conservación y uso sustentable de la biodiversidad y los servicios ambientales, como uno de los mecanismos de bajo costo para mitigar el cambio climático y sus efectos adversos.

● De igual forma, las acciones de mitigación y los medios para su (financiamiento, transferencia de tecnología y creación de capacidades) deberán incluir a los Forzadores Climáticos.

● En materia de mercados de carbono, se respaldarán las políticas para asignar un precio al carbono. El uso de mecanismos de mercado de emisiones acordes con los principios y obligaciones internacionales en materia comercial, constituyen herramientas clave para incentivar una menor emisión de GEI, así como para impulsar la rentabilidad y costo-efectividad de acciones de mitigación.

Adaptación

● La adaptación al cambio climático es un reto global que deberá ser atendido con la misma urgencia y con una paridad política en equilibrio con la mitigación.

● México promueve la transferencia tecnológica en diversos temas, particularmente en el relacionado con el desarrollo de Sistemas de Alerta Temprana.

● México impulsará el desarrollo de herramientas de Monitoreo y Evaluación (M&E) que sustenten a la adaptación como una meta.

● México promoverá las sinergias entre mitigación y adaptación, reconociendo las dimensiones locales, nacionales y transfronterizas de la adaptación al cambio climático.

● Se apoyarán los regímenes ecosistémicos como base del desarrollo sostenible de poblaciones y comunidades. Asimismo se abordará la distribución desigual de los ingresos económicos que se traduce en un importante costo para el medio ambiente.

● Mantener y generar una mayor conectividad ecosistémica, particularmente entre Áreas Naturales Protegidas y otras zonas prioritarias para la conservación, es fundamental para asegurar el mantenimiento de las especies y su capacidad de moverse ante los cambios que pudiesen surgir en sus hábitats.

● Se promoverá la incorporación de acciones de adaptación al cambio climático en estrategias de conservación y uso sustentable de la biodiversidad (AbE) en planes, programas y políticas sectoriales e intersectoriales.

● Estas estrategias deberán considerar la generación de empleos que reduzcan la vulnerabilidad y fortalezcan la sustentabilidad en los sectores productivos.

Se reconocerá que la creación de empleos sostenibles es indispensable para la protección del medio ambiente, el impulso al desarrollo económico y la garantía de la inclusión social.

Transparencia

● La transparencia es un tema transversal en el régimen de cambio climático y fundamental en todos los ámbitos. Para la implementación y el buen funcionamiento del Acuerdo, una condición indispensable es contar con reglas claras e indicadores idóneos para los mecanismos de MRV aplicados a la transferencia de tecnología, las medidas de mitigación y adaptación, así como al financiamiento.

● Cabe señalar que México ha puesto en marcha el proceso de evaluación de la Política Nacional de Cambio Climático, el cual constituye un elemento adicional al marco de transparencia previsto. Este proceso prevé un intercambio de información bidireccional con el MRV para su mutuo fortalecimiento.

● México ha presentado, ante la UNFCCC, instrumentos robustos de MRV como son: las Comunicaciones Nacionales y los reportes bienales (BURs). Subrayamos la importancia de fortalecer estos instrumentos.

● Se impulsarán mecanismos para evitar la doble contabilidad, facilitar la vinculación con otros mercados nacionales o subnacionales y establecer una plataforma de intercambio de información sobre las mejores prácticas en esta materia.

● El marco de transparencia (Artículo 13) deberá incluir, en sus principales ejes, la presentación periódica de inventarios nacionales de emisiones, incluyendo reportes amplios de acción y planeación nacional, reportes bienales en los que se actualice el estado de avance de las respectivas acciones de mitigación, y un proceso de análisis y consulta pública del progreso alcanzado.

● Las modalidades, procedimientos y directrices comunes se desarrollarán acorde al principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas y capacidades respectivas (CBDR/RC).
 

Financiamiento

● Además de ordenar la movilización de recursos para el 2020, se flexibilizará el acceso a fondos como el Fondo Verde para el Clima (FVC), de manera que países en desarrollo puedan aprovecharlos para la inversión en proyectos de transformación. El FVC juega un papel determinante para la creación de capacidades que faciliten los sistemas de MRV.

● Para poder incrementar la ambición de los NDCs se requiere facilitar considerablemente el flujo de recursos de los países desarrollados a los países en desarrollo, así como elaborar el mapa de ruta (road map) para llevarlo a cabo con eficiencia y transparencia. El piso de 100 mil millones de dólares anuales se comprometió originalmente en la COP 15, con el objetivo de no rebasar los 2°C. Es necesario revisar los montos de financiamiento para poner al mundo en la ruta de 1.5 C, con base en la ciencia y las acciones de mitigación de acuerdo al reporte especial que publicará, en el 2018, el IPCC respecto a los impactos del calentamiento global por encima de los 1.5°C

● Se apoyará la formulación de reglas claras, la generación y el fortalecimiento de las capacidades de los países en desarrollo. El acceso a fondos deberá adaptarse a las necesidades de los solicitantes.

● Asimismo, se promoverá vincular a los sectores productivos con las agencias que proveen financiamiento, compartir buenas prácticas de financiamiento y dar certidumbre técnica al sector privado para fomentar la atracción de inversión.

● Se fomentará un diálogo sistematizado entre los diferentes actores: gobiernos nacionales y subnacionales y sector privado, para facilitar la movilización de los recursos e incrementar los flujos de capitales. De igual forma, se propondrán políticas e incentivos económicos para la captación de recursos que faciliten el desarrollo de proyectos de adaptación y mitigación, que contemplen acciones de formación de capacidades y beneficios sociales.

● Se mantendrá el principio conforme al cual si bien los países desarrollados deben liderar el esfuerzo en la provisión de medios de implementación, todos los países tomen acción de acuerdo con nuestras capacidades respectivas en virtud de la magnitud del reto impuesto por el cambio climático.

Transferencia de tecnología y Fomento a la capacidad

● El desarrollo y la transferencia de tecnología deberá realizarse conforme a las circunstancias de desarrollo del país receptor, en fomento de la construcción de sus capacidades y su apropiación.

 Se requiere de una mayor participación del sector privado y acelerar las capacidades endógenas para la adopción y desarrollo de tecnologías y en las cadenas de valor de los países en desarrollo.

 La transferencia de tecnología es fundamental para incrementar la capacidad de respuesta de los países en desarrollo a adaptarse ante el cambio climático. Uno de los instrumentos que los países requieren de forma inmediata es tener acceso al sistema de alertas tempranas que les permita conocer las posibles amenazas y prepararse en la medida de sus capacidades.

 Los mecanismos financieros deben de ir acompañados de estrategias para la transferencia de tecnología de acuerdo con las capacidades y requerimientos de los países receptores y establecer los términos que faciliten dicha transferencia.
 

1ª Reunión de las Partes del Acuerdo de París (CMA 1)

● Derivado de la entrada en vigor del Acuerdo de París, se celebrará el primer periodo de sesiones de la Conferencia de las Partes en calidad de Reunión de las Partes en el Acuerdo (CP/RA o CMA1 por sus siglas en inglés). Dado que muchos países se encuentran en proceso de ratificar el Acuerdo, México considera que la CMA 1 debe llevarse a cabo durante la COP22 para acelerar los trabajos de implementación y es conveniente que ésta sesione y quede abierta en tanto todas las partes concluyen sus procesos internos de ratificación.

● Para México, como país altamente vulnerable ante los efectos del cambio climático, la entrada en vigor del Acuerdo de Paris es de suma importancia ya que refuerza el marco legal e institucional que en los últimos años nuestro país ha implementado para atender el tema y transitar a una economía baja en carbono. Dicho marco comprende la Ley General de Cambio Climático y los instrumentos que de ella se derivan, la Reforma energética y, muy particularmente, la Ley de Transición Energética.

Para lograr los objetivos del Acuerdo de París, México considera que es necesario:

● Alinear los propósitos de otros regímenes internacionales al cumplimiento del Acuerdo y a su vez a los Objetivos de Desarrollo Sustentable y de la Agenda 2030. En este marco celebramos el acuerdo celebrado en la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) en la que se estableció un mercado de carbono para compensar las emisiones de la industria, así como la enmienda al Protocolo de Montreal que establece la eliminación progresiva de los hidrofluorocarbonos (HFC).

● Impulsar el desarrollo de mercados de emisiones, y establecer un precio internacional al carbono. México es uno de los países fundadores de la Coalición Internacional del Precio al Carbono (CPLC) y tenemos la intención de iniciar el mercado regional de Norteamérica en el 2018.

● Involucrar en el cumplimiento del Acuerdo de París, a través de los mecanismos formales que se consideren convenientes, tanto al sector privado como a las autoridades subnacionales, a quienes se les invitó a participar desde la COP 16 celebrada en Cancún, México.

● Ampliar el espectro de gases de efecto invernadero incorporando forzadores climáticos con alto potencial de calentamiento enlistados en el V Informe del IPCC, como elemento clave para evitar el escenario climático de más de 1.5°C de incremento en la temperatura global.

● La entrada en vigor del Acuerdo de París hace urgente el desarrollo de reglas de Estas reglas deben desarrollarse considerando las instituciones y arreglos existentes, buscando una mayor eficiencia y fortaleza y tomando siempre en cuenta la perspectiva de género y de derechos humanos.

● Los gobiernos, en sus diferentes ámbitos, así como la academia, deberán incrementar los esfuerzos de investigación y divulgación de evidencia científica sobre los impactos adversos del cambio climático, considerando las relaciones de género y derechos humanos, en aras de fortalecer la generación de conciencia y participación de los actores no gubernamentales en los procesos de decisiones y su ejecución.

● Es necesario fortalecer los esfuerzos de educación e información sobre el cambio climático y sus consecuencias globales en edades tempranas, a fin de garantizar sociedades más conscientes y sistemas climáticamente resilientes.

● El sector privado debe incorporar consideraciones relativas al cambio climático en los procesos de toma de decisiones para sus inversiones y operaciones, de manera que contribuyan a la solución del problema.

● El logro de los objetivos globales que los países realicen en el marco del cumplimiento de sus respectivas NDC se lograrán en la medida en que se cuente con los medios para implementar programas estructurados en el corto mediano y largo plazo. La planeación y ejecución de las NDC requieren de apoyos de financiamiento, tecnología y capacitación.

● Se requieren mayores esfuerzos de educación formal y no formal desde edades tempranas, en torno al conocimiento de cambio climático y sus consecuencias globales, a fin de contribuir al aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.

● Incrementar y diversificar las estrategias de difusión y acceso a información confiable, oportuna y clara para el desarrollo de sociedades más conscientes, responsables y participativas en el cuidado del medio ambiente, así como garantizar sistemas resilientes ante los impactos del cambio climático.