El Instituto Nacional de Desarrollo Social de acuerdo con lo establecido en la fracción XVIII del artículo 41 del Reglamento Interior de la Sedesol, tiene la atribución de expedir la constancia que acredita las actividades de asistencia y desarrollo social de conformidad con en el artículo 79, fracciones VI y XXV incisos a), d) y h)  de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de las organizaciones civiles que cuenten con un historial de actividades realizadas con un mínimo de seis meses; en términos del capítulo 3.10., numerales 3.10.7. y 3.10.8., fracción V inciso b) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017. Requisito que establece el Sistema de Administración Tributaria (SAT) para poder obtener la autorización de recibir donativos deducibles del Impuesto Sobre la Renta y expedir el recibo correspondiente.

Para obtener la constancia, las Organizaciones de la Sociedad Civil deben cumplir con los siguientes requisitos:

1.- Copia de la Clave Única de Inscripción al Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil (CLUNI).

2.- Original y copia de oficio petición dirigido a la Titular del Instituto Nacional de Desarrollo Social, Lic. Luz Beatriz Rosales Esteva (de formato libre, manifestando nombre de la organización, RFC, domicilio, teléfono, correo electrónico y el motivo que origina la solicitud).

3.- Original de síntesis ejecutiva (resumen de las actividades realizadas por la organización en los últimos 3 años, máximo 5 cuartillas, mencionando el objetivo de cada una de las actividades, cómo las realiza, en qué lugares, en qué fechas, a qué grupo vulnerable beneficia, y cuál ha sido el resultado o impacto de cada actividad).

4.- Evidencias documentales en formato digital que sustenten lo manifestado en la síntesis ejecutiva (documentos que muestren la actividad realizada y la interacción con el grupo vulnerable beneficiado: fotografías, videos, trípticos, folletos, material de apoyo utilizado en capacitaciones o talleres, cartas descriptivas, artículos publicados en periódico o revista, certificados, reconocimientos o premios otorgados a la organización, etc).

5.- Tratándose de albergues, deberán presentar el certificado o aviso de funcionamiento de establecimiento mercantil emitido por la autoridad correspondiente de acuerdo a la entidad en la que se encuentre la organización, en caso de centros de rehabilitación de adicciones además del certificado o aviso mencionado, deberán presentar el reconocimiento como Centro de Atención Primaria o Centro Residencial por parte de la Comisión Nacional Contra las Adicciones (CONADIC).

6.- En caso de haber efectuado modificaciones al objeto social, acta protocolizada donde se refleje la modificación más reciente.

Actividades de asistencia social

Son aquellas que tienen por objeto apoyar:

  • A personas, sectores y regiones de escasos recursos.
  • A comunidades indígenas.
  • Grupos vulnerables por edad, sexo o discapacidad.

Lo anterior, siempre que se constituyan y funcionen exclusivamente como entidades que se dediquen a cualquiera de los siguientes fines:

  • La atención a requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido o vivienda. 
  • La asistencia o rehabilitación médica; entre otras, la psicoterapia, la terapia familiar, el tratamiento o la rehabilitación de personas discapacitadas y la provisión de medicamentos, prótesis, órtesis e insumos sanitarios, o a la atención en establecimientos especializados. 
  • La asistencia jurídica; entre otras, la representación ante autoridades administrativas o jurisdiccionales (salvo las electorales), el apoyo y la promoción para la tutela de los derechos de los menores, así como para la readaptación social de personas que han llevado a cabo conductas ilícitas.
  • La rehabilitación de alcohólicos y farmacodependientes.
  • La ayuda para servicios funerarios. 
  • Orientación social en materia de salud, familia, alimentación; entre otras, la atención o la prevención de la violencia intrafamiliar para la eliminación de la explotación económica de los niños o del trabajo infantil peligroso, y educación o capacitación para el trabajo. 
  • Apoyo para el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas, entre otras la capacitación, difusión, orientación y asistencia jurídica en materia de garantías individuales, promover la no discriminación o exclusión social, crear condiciones para la conservación y desarrollo de la cultura, preservar y defender los derechos a los servicios de salud, educación, cultura, vivienda y alimentación, de conformidad con lo estipulado en la Ley de la Comisión Nacional de los Pueblos Indígenas.
  • Aportación de servicios para la atención a grupos sociales con discapacidad.
  • Fomento de acciones para mejorar la economía popular, aquellas actividades que comprenden la capacitación en el desarrollo de oficios, artes, habilidades y conocimientos, encaminados al logro de autogestión, autoempleo, autoempresa y autonomía de los requerimientos básicos de subsistencia, siempre que no implique el otorgar a los beneficiarios de dichas actividades apoyos económicos, préstamos o beneficios sobre el remanente distribuible de la organización civil o fideicomiso autorizado para recibir donativos deducibles que proporciona este servicio.

Actividades de desarrollo social

  • La promoción de la participación organizada de la población en las acciones que mejoren sus propias condiciones de subsistencia en beneficio de la comunidad o en la promoción de acciones en materia de seguridad ciudadana.
  • Promoción de la equidad de género.
  • Prestación de servicios de apoyo a la creación y fortalecimiento de organizaciones que realicen actividades objeto de fomento en términos de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.

La documentación deberá entregarse en la oficina de oficialía de partes del Instituto Nacional de Desarrollo Social, localizado en 2da Cerrada de Belisario Domínguez Nº 40, Col. Del Carmen Coyoacán, Delegación Coyoacán, C. P. 04100, Ciudad de México, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 hrs. En caso de que la organización se encuentre en el interior de la República se entregará en el Módulo del Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil ubicado en la Delegación Federal de la SEDESOL de cada entidad. Para conocer el domicilio del Módulo correspondiente a cada estado, puede consultar la página:

http://www.corresponsabilidad.gob.mx/sistema/sirfosc/seccionpagina/contenido/seccioncontenido/Anexos/archivos/Anexo172.pdf

Para asuntos relacionados con este trámite podrá ser notificado vía correo electrónico, de conformidad con lo dispuesto por la fracción II del artículo 35 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.