Los integrantes del Ejército, Fuerza Aérea y Armada podrán mancomunar sus créditos de vivienda con el de sus cónyuges derechohabientes del Fondo de la Vivienda del ISSSTE (FOVISSSTE).

La reforma a la fracción IV del artículo 108 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas, publicada este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF), señala que:

“Podrán mancomunarse los créditos de cónyuges que no pertenezcan a las Fuerzas Armadas y que por su actividad laboral sean beneficiarios de créditos del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, de la Comisión Nacional de Vivienda o de cualquier otra institución de seguridad social que otorgue esta prestación a cónyuges o concubinos de militares para adquirir vivienda”.

En el texto se especifica que dichos créditos servirán para “la adquisición, construcción, reparación, ampliación o mejoramiento de sus habitaciones o al pago de los pasivos que tengan por los conceptos anteriores”.

El Vocal Ejecutivo del FOVISSSTE, Luis Antonio Godina Herrera, destacó que ésta es una prestación más que el Gobierno de la República otorga a las Fuerzas Armadas como un reconocimiento a la labor que desempeñan con lealtad, entrega, valor, patriotismo y compromiso por México.

Godina Herrera informó que el FOVISSSTE trabaja para hacer realidad esta prestación a la brevedad posible, con el objetivo de que los militares junto con los trabajadores al servicio del Estado, puedan obtener un mayor monto en sus créditos de vivienda y adquirir una mejor casa.