1. ¿Qué necesito para realizar la solicitud de un permiso de productor independiente de energía eléctrica?

  • Se debe presentar la solicitud del permiso de productor independiente, así como la información anexa en la Oficialía de Partes de la Comisión Reguladora de Energía. Cabe señalar que el solicitante debe ser ganador de un proceso de licitación convocado por la Comisión Federal de Electricidad (CFE) relativa a la adjudicación de un contrato de compromiso de capacidad de generación de energía eléctrica y compraventa de energía.

2. ¿Cuáles son los plazos que tiene la CRE para resolver el trámite?

  • De conformidad con lo establecido con el Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites Empresariales que le aplican a la Secretaría de Energía y su sector coordinado, publicado el 19 de mayo de 1999 en el DOF en el que se señala que el tiempo total para que la CRE resuelva sobre la solicitud de permiso es de 20 días hábiles a partir de que ésta sea admitida a trámite.

3. ¿Cuáles son los costos por la solicitud de permiso de productor independiente de energía eléctrica?

  • Los indicados en el artículo 56 de la Ley Federal de Derechos la cual se actualiza anualmente.