¿Qué hacemos?

¿Qué hacemos?

La Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (Conuee) es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Energía que cuenta con autonomía técnica y operativa. Tiene por objeto promover la eficiencia energética y constituirse como órgano de carácter técnico en materia de aprovechamiento sustentable de la energía, fue creada a través de la Ley de Transición Energética publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre del 2015.

Misión

Promover el óptimo aprovechamiento sustentable de la energía, mediante la adopción de medidas y de mejores prácticas para el uso eficiente de la energía en los diferentes sectores de la economía y la población.

   

Visión

Ser el órgano técnico articulador de las políticas públicas en aprovechamiento sustentable de la energía del país, que logren el cambio tecnológico y del comportamiento en los usuarios finales de la energía, con la participación de los sectores público, social y privado.

Corresponde a la Conuee (Art. 18 de la LTE)

I. Promover el uso óptimo de la energía, desde su explotación hasta su consumo y proponer a la Secretaría las Metas de Eficiencia Energética y los mecanismos para su cumplimiento;

II. Elaborar y proponer, a la Secretaría, la Estrategia y el PRONASE;

III. Formular y emitir las metodologías y procedimientos para cuantificar los energéticos por tipo y uso final, y determinar las dimensiones y el valor económico del consumo y el de la infraestructura de explotación, producción, transformación y distribución evitadas que se deriven de las acciones de aprovechamiento sustentable de la energía;

IV. Expedir y verificar disposiciones administrativas de carácter general en materia de Eficiencia Energética y de las actividades que incluyen el aprovechamiento sustentable de la energía, de conformidad con las disposiciones aplicables;

V. Expedir las Normas Oficiales Mexicanas en materia de Eficiencia Energética;

VI. Proponer a las dependencias la elaboración o revisión de las Normas Oficiales Mexicanas a fin de propiciar la Eficiencia Energética;

VII. Implementar, administrar y asegurar la disponibilidad y actualización del Sistema;

VIII. Implementar, actualizar y publicar en los términos que señalen el Reglamento de esta Ley, el registro de individuos, instalaciones o empresas que hayan sido certificados como energéticamente responsables bajo los mecanismos e instituciones que establece la Ley Federal sobre Metrología y Normalización;

IX. Promover la investigación científica y tecnológica en materia de Aprovechamiento sustentable de la energía en coordinación con el Instituto y el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, en el ámbito de sus respectivas competencias;

X. Brindar asesoría técnica en materia de Aprovechamiento sustentable de la energía a las dependencias y entidades de la Administración Público Federal, así como a los gobiernos de los estados y municipios que lo soliciten y celebrar convenios para tal efecto;

XI. Emitir opiniones vinculatorias para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y para estados y municipios en programas, proyectos y actividades de Aprovechamiento sustentable de la energía que utilicen fondos públicos federales;

XII. Preparar y publicar libros, catálogos, manuales, artículos e informes técnicos sobre los trabajos que realice en las materias de su competencia;

XIII. Participar en la difusión de la información, materia de esta Ley, entre los sectores productivos, gubernamentales y sociales;

XIV. Ordenar visitas de verificación y requerir la presentación de información a las personas que realicen actividades relativas al Aprovechamiento sustentable de energía, a fin de supervisar y vigilar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables;

XV. Imponer las sanciones, bajo el ámbito de su competencia, referidas en el Capítulo II del Título Décimo de esta Ley;

XVI. Llevar a cabo los estudios que requiera para conocer elementos tecnológicos y prácticas que determinan patrones e intensidad de consumo de energía por uso final, tipo de usuario, actividad económica y región del país;

XVII. Promover y concertar, con los usuarios de patrón de alto consumo de energía, la instrumentación voluntaria de sistemas de gestión            energética bajo procedimientos, protocolos o normas reconocidas internacionalmente;

XVIII. Promover la creación y fortalecimiento de capacidades de las instituciones públicas y privadas de carácter local, estatal y regional para que estas apoyen programas y proyectos de Eficiencia Energética en los servicios municipales y pequeñas y medianas empresas;

XIX. Ejecutar las acciones establecidas en el PRONASE;

XX. Proponer a la Secretaría los criterios para determinar que un usuario cuenta con un patrón de alto consumo de energía, e

XXI. Identificar las mejores prácticas internacionales en cuanto a programas y proyectos de eficiencia energética y promover, cuando así se considere, su implementación en el territorio nacional.

Marco normativo

Leyes

  • Ley de Infraestructura de la Calidad.

  • Ley de Transición Energética.

  • Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

  • Ley General de Mejora Regulatoria.

  • Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

 

Reglamentos

  •  Reglamento de la Ley de Transición Energética.

  •  Reglamento Interior de la Secretaría de Energía.

Otras disposiciones

  • Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los criterios para determinar cuándo un usuario cuenta con un patrón de alto consumo de energía, la forma y periodicidad en la que dichos usuarios, dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado deberán entregar su información al Sistema de Información de Transición Energética.

Antecedentes históricos:

La Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (CONUEE), surge como parte de la estructura institucional de la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía (CONAE), institución que se creó el 28 de septiembre de 1989, como un Órgano Técnico de consulta para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, los Gobiernos de los Estados y Municipios; así como de particulares, cuando lo solicitaran, en materia de ahorro y uso eficiente de energía.

A partir del año de 1999, se inicia la reestructuración de la CONAE, que se transforma de una Comisión Intersecretarial a un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Energía, de conformidad con lo previsto en el Decreto por el cual se crea la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de septiembre de 1999.

Posteriormente, la CONUEE sustituye a la CONAE a partir de la entrada en vigor de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía (LASE), publicada el 28 de noviembre de 2008.

Con fecha 24 de diciembre de 2015, se publica en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley de Transición Energética (LTE), la cual abroga; conforme al transitorio segundo, a la LASE, estableciendo en su artículo 18 el ámbito de competencia de la CONUEE.

Líneas de acción institucionales

En el Plan Anual de Trabajo se orienta a seguir las siguientes líneas de acción institucionales:

  1. Continuar con la ampliación del alcance de la normalización para la eficiencia energética en equipos y sistemas consumidores de energía que se fabriquen y/o comercialicen en el País, junto con el fortalecimiento de los sistemas de evaluación de la conformidad que soportan su cumplimiento.

  2. Continuar operando acciones orientadas a la mejora de la eficiencia energética en edificios, flotillas vehiculares e instalaciones industriales del Gobierno Federal, a través del Programa de Eficiencia Energética en la Administración Pública Federal y a las Empresas Productivas del Estado.

  3. Fortalecer, ampliar y apoyar los programas orientados a empresas pequeñas y medianas, a través de una mayor vinculación entre usuarios de energía con consultores, organismos financieros, fabricantes y otras instituciones.

  4. Continuar y ampliar la promoción de la implementación de sistemas de gestión de la energía en usuarios con un patrón de alto consumo, incluyendo una mayor participación en el esquema de Acuerdos Voluntarios.

  5. Continuar con el apoyo a gobiernos estatales y municipales en el desarrollo de programas y proyectos orientados al uso sustentable de la energía.

  6. Fortalecer la integración de la información relacionada con el aprovechamiento sustentable de la energía, que permita el diseño, instrumentación y seguimiento de programas y acciones en la materia, para todo tipo de usuarios de energía.

  7. Reforzar la cooperación con universidades e institutos de enseñanza, nacionales e internacionales, para apoyar la formación de recursos humanos especializados en el uso sustentable de la energía.