Si comenzaste a cotizar al IMSS y no has elegido AFORE o eres un trabajador independiente que desea ahorrar en una Administradora de Fondos para el Retiro, debes registrarte en la AFORE de tu preferencia.

Es muy importante que tu cuenta AFORE esté registrada para que puedas realizar trámites del Sistema de Ahorro para el Retiro y recibas todos los servicios que debe proporcionarte una AFORE, como el envío del estado de cuenta a tu domicilio o correo electrónico.

¿Cómo elegir AFORE?

Evalúa a las AFORE con ayuda de las diferentes herramientas comparativas que la CONSAR pone a tu disposición para que puedas tomar una decisión informada:

a) Servicios
b) Comisión
c) Rendimientos


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¿Cómo me registro en una AFORE?

1. Contacta a la AFORE de tu preferencia y solicita la visita de uno de sus Agentes Promotores o acude a cualquiera de sus sucursales. Puedes encontrar los datos de contacto de tu AFORE en la sección “Canales de atención de las AFORES”.

También puedes realizar una Pre-solicitud de Registro a través del portal www.aforeweb.com.mx. Cuando hayas completado la Pre-solicitud, la AFORE deberá contactarte en un plazo no mayor a 6 días hábiles para iniciar las gestiones.

2. Para tramitar tu Registro, la AFORE conformará tu Expediente de Identificación electrónico, para lo cual te solicitará lo siguiente:

a. Datos Personales (como CURP, RFC y Número de Seguridad Social del IMSS).

b. Identificación oficial.

c. Comprobante de domicilio.

d. Una fotografía digital de tu rostro, que será tomada por el Agente Promotor.

e. Tu firma biométrica (huellas digitales).

f. Tu firma manuscrita digital.

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3. A través de un medio electrónico, la AFORE te dará la Solicitud de Registro (que contiene el contrato de administración de fondos para el retiro) y el documento de Rendimiento Neto, en los que debes asentar tu nombre completo, Firma Biométrica (huellas digitales) y Firma Manuscrita Digital. Asimismo, la AFORE debe tomar un video en el que des tu consentimiento para el Registro y confirmes tus datos personales.

4. La AFORE te informará sobre el resultado de la solicitud de Registro:

  • Si la solicitud es aceptada, deberá enviar una constancia de Registro al domicilio o al correo electrónico que hayas proporcionado, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de conclusión del trámite.
  • Si la solicitud es rechazada, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se dio ese resultado, deberá enviar a tu domicilio o correo electrónico un documento en el que se te informe del rechazo y los motivos que dieron lugar al mismo.

Registro de la cuenta individual de un trabajador fallecido.

El registro de la cuenta AFORE es indispensable para realizar trámites de pensión o de retiro de recursos. Por ello es que los beneficiarios de trabajadores fallecidos pueden solicitar a las AFORE el registro de la cuenta presentando, adicionalmente a los requisitos anteriores, los siguientes documentos:

      a) Acta de defunción del trabajador fallecido.
b) Identificación oficial del beneficiario.
c) Alguno de los siguientes documentos:

  • Acta de nacimiento de la persona que realiza el trámite.
  • Acta de matrimonio, expedida por el Registro Civil en un periodo no mayor a seis meses anteriores a la fecha de Solicitud de Registro.
  • Resolución emitida por la autoridad que se declare competente para resolver la calidad de Beneficiario.

Si quieres recibir más información contacta a tu AFORE

Consulta los detalles de cómo realizar este trámite en el Catálogo de Trámites del SAR