Norma oficial mexicana para monitoreo de emisiones en las estaciones de servicio

Medidas anunciadas en el seno de la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) para combatir la contaminación atmosférica en la Zona Metropolitana del Valle de México, la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) publicó la NOM-EM-002-ASEA-2016.

Comisión Ambiental de la Megalópolis | 15 de noviembre de 2016
Norma oficial mexicana para monitoreo de emisiones en las estaciones de servicio Norma oficial mexicana para monitoreo de emisiones en las estaciones de servicio

Comunicado de Prensa

 

                                                                                                                Ciudad de México, 15 de noviembre de 2016.

 

 

PUBLICA ASEA NORMA OFICIAL MEXICANA PARA MONITOREO

DE EMISIONES EN ESTACIONES DE SERVICIO

  • Con la implementación de la NOM, se evitará la emisión a la atmósfera de contaminantes precursores de ozono, en especial de Compuestos Orgánicos Volátiles (COV’s) en las estaciones de servicio ubicadas en el Valle de México.
  • La ASEA refuerza con su publicación las medidas de los Programas de contingencias ambientales atmosféricas aplicables en la ZMVM.

Con el objetivo de establecer los métodos de prueba y parámetros para la operación, mantenimiento y eficiencia de los sistemas de recuperación de vapores de gasolinas ya instalados en las estaciones de servicio para expendio al público de gasolinas, la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) publicó la NOM-EM-002-ASEA-2016 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Esta Norma, que  forma parte de las medidas anunciadas por el Gobierno de la República -las cuales son evaluadas por expertos y han sido discutidas y analizadas en el seno de la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe)- permitirá en el corto y mediano plazo mejorar la calidad del aire de la región, reduciendo hasta en un 90% las emisiones evaporativas de compuestos orgánicos volátiles (COV’s) en las estaciones de servicio y en toda la cadena del suministro de combustible, uno de los principales precursores de ozono en Valle de México.

La NOM publicada tiene una vigencia de seis meses y podrá prorrogarse por el mismo periodo de tiempo. Contribuirá a dar certidumbre técnica y jurídica a los regulados a través del control, medición y reducción de contaminantes a la atmósfera.

La NOM-EM-002-ASEA-2016 determina los parámetros en el control de las emisiones en los sistemas de recuperación de vapores de gasolinas y mejora el procedimiento de evaluación de la eficiencia en estaciones de servicio.

El campo de aplicación de la Norma comprende los sistemas de recuperación de vapores en las estaciones de servicio para almacenamiento y expendio de gasolinas ubicadas en las 16 delegaciones de la Ciudad de México y 18 municipios del Estado de México, los cuales se encuentran incluidos en el Programa de Contingencias Ambientales Atmosféricas de la Zona Metropolitana.

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