Está permitido que los suplementos alimenticios contengan uno o más de los siguientes ingredientes*:
- Carbohidratos
- Proteínas
- Aminoácidos
- Ácidos grasos
- Metabolitos
- Plantas
- Algas
- Alimentos tradicionales deshidratados
- Otros que establezca la Secretaría
En combinación con los ingredientes antes mencionados se puede incluir en su composición:
- Vitaminas y minerales siempre y cuando no excedan el límite permitido, establecido en el apéndice XVII 1.1 y 1.2 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios.
- Aditivos permitidos, incluidos en el Acuerdo por el que se determinan las sustancias permitidas como aditivos y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios (DOF, 16/07/12) y su última modificación (DOF,16/05/16).
*Art. 168, Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios.