Quejas y Denuncias en Materia de Contrataciones Públicas.

Quejas y Denuncias en Materia de Contrataciones Públicas

Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea | 29 de septiembre de 2017
Quejas y Denuncias en Materia de Contrataciones Públicas Quejas y Denuncias en Materia de Contrataciones Públicas

DENUNCIAS Y QUEJAS EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS

Autoridades ante las cuales se puede presentar la queja o denuncia

1. Secretaría de la Función Pública

Información y requisitos en la siguiente liga:

http://www.funcionpublica.gob.mx/index.php/transparencia/transparencia-focalizada/mecanismos-para-presentar-quejas-y denuncias.html

2. Área de Quejas del Órgano interno de Control en la Secretaría de Salud.

a) Las quejas o denuncias deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Los datos del quejoso o denunciante en donde pueda ser localizado (opcional)
  • Datos de identificación del servidor público involucrado, de contar con ellos.
  • Narración de los hechos(indicando el cómo, cuándo y dónde), y
  • En su caso, las pruebas que pueda aportar.

b) Usted podrá presentar su queja o denuncia a través de cualquier de los siguientes medios:

  • De manera personal o por escrito en Insurgentes Sur núm. 1685 10° piso, Col. Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México de lunes a viernes de la 09:00 a las 15:00 hrs.
  • Por vía telefónica al número 2000-3123, de lunes a viernes de las 09:00 a las 18:00hrs.
  • Por correo electrónico a la dirección: atenciónciudadanaoic@salud.gob.mx

3. Sanciones

Al respecto, se informa lo siguiente:

a) La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; la Ley de Obras Pública y Servicios Relacionados con las mismas; la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas; y, la Ley de Asociaciones Públicas Privadas, establecen las siguientes sanciones a licitantes y proveedores, de acuerdo a la gravedad de la falta y a circunstancias precisadas en cada una de dichas disposiciones normativas:

  • Multa
  • Inhabilitacion

b) De acuerdo al artículo 13 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, sanciones por falta administrativa a servidores públicos consistirán en:

  • Amonestación privada o pública.
  • Suspensión del empleo, cargo o comisión por un periodo no menor de tres días mayor a un año.
  • Destitución del puesto.
  • Sanción económica
  • Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.

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