Desde principios de siglo en México se ha incrementado el número de aplicaciones médicas, industriales y de investigación que involucran el uso de material radiactivo; específicamente en la práctica de Medicina Nuclear, la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias (CNSNS) observó un crecimiento importante en el número de autorizaciones que ha emitido para esta práctica. Por este motivo en el seno del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Nuclear y Salvaguardias (CCNN-SNyS) se discutió la necesidad de fortalecer el marco regulador en la materia, y se aprobó la elaboración de un anteproyecto que contemple las disposiciones técnicas para la observancia exclusiva de las instalaciones donde se realiza la práctica de medicina nuclear.

El 4 de agosto de 2016 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-040-NUCL-2016, “Requisitos de seguridad radiológica para la práctica de medicina nuclear”, la cual tiene por objeto como su nombre lo dice, establecer requisitos de protección y seguridad radiológica que se deben cumplir en las instalaciones donde se realiza la práctica de medicina nuclear, con el propósito de mantener las dosis al personal ocupacionalmente expuesto y al público tan bajas como razonablemente sea posible.

La NOM-040-NUCL-2016, entró en vigor el 3 de octubre de 2016 y corresponde a la Secretaría de Energía por Conducto de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias la vigilancia de su cumplimiento.

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Gammacámara de Medicina Nuclear. Crédito de la foto: CNSNS